Comité IGS: Sobre la Desconexión Digital en IBM GSE
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igsbcn en comitesibm.org
Vie Ene 15 08:58:34 CET 2021
En relación con la nota enviada por la empresa el pasado 29 de Diciembre
(HR COMMS: Política de desconexión digital de IBM GSE) os queremos hacer
llegar la siguiente información:
En primer lugar recalcar que la Desconexión Digital es un "*derecho*" de
los trabajadores y que como tal deberíamos ejercerlo.
En segundo lugar, *animaros a leer el protocolo* (
_https://w3.ibm.com/w3publisher/covid19-spain/en-persona/desconexion-digital-gse_).
Es importante conocerlo, para poder ejercer vuestros derechos de
desconexión digital.
Adicionalmente señalar que el documento contenido en el enlace
facilitado por la empresa se suscribe en virtud de lo establecido en el
apartado 2 del artículo 88 de la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre,
de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Dicha normativa y el protocolo regulan el *derecho de desconexión
digital *(cuya importancia es aún mayor desde que la práctica totalidad
de la plantilla de IBM GSE se encuentra en situación de teletrabajo por
decisión de la empresa), el cual, puede resumirse en la *ausencia de
obligación para los trabajadores*, entre otros, de:
1. atender y/o contestar a comunicaciones profesionales
(independientemente del medio a través del cual se efectúen)
realizadas fuera de la jornada laboral o durante los periodos de
ausencia del trabajador (vacaciones, permisos retribuidos... etc.);
2. asistir a reuniones que se celebren fuera de su jornada laboral; y
3. aceptar peticiones de desvío de llamadas o de gestión de correo
electrónico hacia los dispositivos móviles particulares del trabajador.
El incumplimiento de lo establecido en la materia por parte de la
empresa es sancionable por parte de la autoridad laboral dependiendo
dicha sanción de la gravedad de la infracción.
Adjuntamos un artículo ilustrativo a este respecto:
_https://cincodias.elpais.com/cincodias/2020/10/06/legal/1601978247_183036.html_
Puesto que el protocolo establece que la Representación Legal de los
Trabajadores participará en las acciones formativas y de sensibilización
que la empresa debe realizar, velaremos para que las mismas se
materialicen de manera efectiva sin limitar, matizar o recortar el
derecho de desconexión digital en modo alguno.
En cualquier caso, si en vuestra actividad diaria, las personas con las
que trabajáis (independientemente de su puesto y nivel en la empresa)
*obstaculizasen el ejercicio de dicho derecho por vuestra parte*,
estamos a vuestra disposición para resolver las dudas y/o consultas que
os puedan surgir sobre el particular. Os recordamos que todas ellas se
tratarán, de manera anónima y confidencial.
Comité de empresa de IBM Global Services de Barcelona.
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