Comité IGS: Sobre la Desconexión Digital en IBM GSE

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Vie Ene 15 08:58:34 CET 2021


En relación con la nota enviada por la empresa el pasado 29 de Diciembre 
(HR COMMS: Política de desconexión digital de IBM GSE) os queremos hacer 
llegar la siguiente información:

En primer lugar recalcar que la Desconexión Digital es un "*derecho*" de 
los trabajadores y que como tal deberíamos ejercerlo.

En segundo lugar, *animaros a leer el protocolo* ( 
_https://w3.ibm.com/w3publisher/covid19-spain/en-persona/desconexion-digital-gse_). 

Es importante conocerlo, para poder ejercer vuestros derechos de 
desconexión digital.

Adicionalmente señalar que el documento contenido en el enlace 
facilitado por la empresa se suscribe en virtud de lo establecido en el 
apartado 2 del artículo 88 de la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre, 
de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

Dicha normativa y el protocolo regulan el *derecho de desconexión 
digital *(cuya importancia es aún mayor desde que la práctica totalidad 
de la plantilla de IBM GSE se encuentra en situación de teletrabajo por 
decisión de la empresa), el cual, puede resumirse en la *ausencia de 
obligación para los trabajadores*, entre otros, de:

 1. atender y/o contestar a comunicaciones profesionales
    (independientemente del medio a través del cual se efectúen)
    realizadas fuera de la jornada laboral o durante los periodos de
    ausencia del trabajador (vacaciones, permisos retribuidos... etc.);
 2. asistir a reuniones que se celebren fuera de su jornada laboral; y
 3. aceptar peticiones de desvío de llamadas o de gestión de correo
    electrónico hacia los dispositivos móviles particulares del trabajador.


El incumplimiento de lo establecido en la materia por parte de la 
empresa es sancionable por parte de la autoridad laboral dependiendo 
dicha sanción de la gravedad de la infracción.
Adjuntamos un artículo ilustrativo a este respecto: 
_https://cincodias.elpais.com/cincodias/2020/10/06/legal/1601978247_183036.html_

Puesto que el protocolo establece que la Representación Legal de los 
Trabajadores participará en las acciones formativas y de sensibilización 
que la empresa debe realizar, velaremos para que las mismas se 
materialicen de manera efectiva sin limitar, matizar o recortar el 
derecho de desconexión digital en modo alguno.

En cualquier caso, si en vuestra actividad diaria, las personas con las 
que trabajáis (independientemente de su puesto y nivel en la empresa) 
*obstaculizasen el ejercicio de dicho derecho por vuestra parte*, 
estamos a vuestra disposición para resolver las dudas y/o consultas que 
os puedan surgir sobre el particular. Os recordamos que todas ellas se 
tratarán, de manera anónima y confidencial.

Comité de empresa de IBM Global Services de Barcelona.
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