[Deuda-QdQ] Respuesta al mailing de Ley de Deuda

Beronika beronikagarrosa en mansunides.org
Jue Feb 15 09:50:19 CET 2007


Por supuesto Celia, desde mi punto de vista se merece una respuesta.
HAbría que consensuar pues qué es lo que les respondemos.

Besis!


Beronika Garrosa
Departament de Comunicació

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-----Mensaje original-----
De: deuda-2005-bounces en moviments.net
[mailto:deuda-2005-bounces en moviments.net]En nombre de Celia Muñoz
Enviado el: martes, 13 de febrero de 2007 16:28
Para: Lista QDQ Estatal
Asunto: [Deuda-QdQ] Respuesta al mailing de Ley de Deuda


Hola a tod en s!

Ayer recibí este correo en respuesta, supongo, a la acción de mailing que
hicimos en la Campaña de denuncia de la Ley de Deuda.
Pues bien, como véis, desde el Gabinete de Presidencia del Gobierno han
enviado este escrito. No me la han enviado solo a mí, también a más gente
tal y como  indican, puesto que parece que van a ir respondiendo a tod en s los
que enviaron escrito.
Así que supongo que irá llegando!

El caso, que desde el Grupo de Deuda planteamos la posibilidad de responder
también a este escrito con la valoración que hace QDQ sobre el texto que
finalmente aprobaron y la justificación que aquí hacen. Sería una documento
conjunto como campaña,.
Os queríamos consultar si os parece bien que enviemos respuesta como QDQ...
¿Cómo lo  véis?...

En cualquier caso, aquí va el texto para que le echéis un vistacín.
Un abrazo!!!

Celia


De: "gabinete en presidencia.gob.es" <gabinete en presidencia.gob.es>
Para: Celia Muñoz <celiaespin en yahoo.es>
Enviado: lunes, 12 de febrero, 2007 0:00:00
Asunto: DEUDA EXTERNA


Con un retraso que espero sepa disculpar, contesto al escrito que ha
dirigido al Presidente del Gobierno sobre la Proposición de Ley Reguladora
de la Gestión de la Deuda Externa, y espero que pueda comprobar que sus
principales preocupaciones se recogen en la misma, una vez aprobada la Ley
por el Congreso el 23 de noviembre de 2006. Puede consultar el texto de la
Ley en: http://www.boe.es/boe/dias/2006/12/08/pdfs/A43049-43053.pdf

Antes de nada, deseo manifestarle el firme compromiso que el Gobierno tiene
con la búsqueda de soluciones al problema de la pobreza y del hambre en el
mundo y transmitirle que en aspectos como la deuda externa tratamos de
prestar la mayor atención a la expresión de las demandas provenientes de
una parte tan importante de la sociedad civil como son los movimientos
ciudadanos y las Organizaciones No Gubernamentales.

Quiero, asimismo, expresarle nuestro reconocimiento por su participación en
el proceso de elaboración de la Ley Reguladora de la Gestión de la Deuda
Externa. Éste ha sido un proceso profundamente democrático, que ha gozado
del más amplio consenso entre los partidos políticos, que son, a su vez,
canales de transmisión de la voz popular a las instituciones.

Creemos que la Ley recoge las más importantes de sus aspiraciones: en
particular, la Ley establece avances muy significativos en materia de
transparencia, que será garantizada principalmente a través de la
obligación de comparecencias muy detalladas en el Parlamento (órgano máximo
de la soberanía popular), pero también a través de la obligación de
transmisión de esa misma información a representantes especializados de
movimientos de la sociedad civil a través de órganos como el Consejo de
Cooperación al Desarrollo.

Asimismo, la Ley marca el inicio de un profundo proceso de reformulación y
revisión de los mecanismos que generan la deuda de la cual el Estado
español pasa a ser acreedor. Consideramos que este proceso puede, y debe,
redundar en una mejora de la eficacia de la Ayuda Oficial al Desarrollo del
Estado (en particular del Fondo de Ayuda al Desarrollo), así como del
Seguro de Crédito a la Exportación por cuenta del Estado, con el fin último
de conseguir fortalecer la prevención del sobreendeudamiento de los países
pobres.

Por su parte, se recogen en la Ley los mecanismos para la coherencia de la
política de gestión de deuda externa y su coherencia con otras políticas,
como la política de cooperación al desarrollo. Aunque la deuda no es en sí
misma un instrumento de cooperación (puesto que es un instrumento de
naturaleza financiera), se ha considerado que su impacto y su relación con
el desarrollo implican que su gestión tenga como uno de sus principales
principios rectores la cooperación al desarrollo, cuya articulación se
desarrolla en la Ley. En este sentido, es importante la regulación por la
Ley de las obligaciones de coordinación de los órganos responsables de la
Administración como son el Ministerio de Economía y Hacienda, el Ministerio
de Asuntos Exteriores y de Cooperación y el Ministerio de Industria,
Comercio y Turismo.
En cuanto a la definición de responsabilidad en la relación entre acreedor
y deudor, me gustaría realizar una consideración: la introducción de un
principio de corresponsabilidad como principio general de tipo legal
cambiaría por completo la naturaleza de un contrato de crédito, algo que va
más allá de las posibilidades y objetivos de la Ley mencionada. Ahora bien,
también quiero subrayar de forma inequívoca que los Gobiernos tenemos una
responsabilidad moral con la cooperación con el desarrollo, y eso es lo que
hemos tratado de introducir en la Ley, y que tal cooperación es una guía
fundamental para la actuación de nuestro Gobierno en relación con los
países en una situación de sobreendeudamiento. Para ello, la Ley recoge y
articula las guías de utilización de los principales instrumentos para
hacer frente a estas situaciones: la condonación de deuda, la
reestructuración y la conversión de deuda.

Por último, también me gustaría destacarle algunos aspectos fundamentales
de la Ley. En primer lugar, suministra un marco integrador para la gestión
de deuda externa, que a través de la enunciación de los principios de la
gestión, sirve al mismo tiempo de guía y de referencia para el control de
la gestión de deuda. Además, la Ley dispone igualmente el lanzamiento de un
plan, que el Gobierno pondrá en práctica en el plazo más breve posible,
para la condonación de la deuda externa que procede de los créditos del
Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD) y de origen comercial de los países
altamente endeudados (HIPC) contraída antes del 31 de diciembre de 2003.

En definitiva, creemos sinceramente que el trabajo realizado con esta Ley
está en la vanguardia de los países de nuestro entorno, y deseo expresarle
nuestra más viva confianza en que con esta Ley podremos llevar a cabo una
gestión viable y transparente de la deuda externa que, al propio tiempo,
sea más generosa y coherente con el compromiso del Gobierno de contribuir
al desarrollo de los países pobres

      Por último, quiero señalarle que en términos análogos hemos dado
respuesta a todas las personas que han transmitido al Presidente del
Gobierno su inquietud sobre este asunto.

      Atentamente. José Enrique Serrano Martínez. Director del Gabinete de
la Presidencia del Gobierno.





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