[Redcercana] Rv: “Eso es lo que nosotras exigimos. Que se haga justicia”
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mimecha2 en yahoo.es
Mie Sep 21 10:48:54 CEST 2011
"Como mujer no tengo patria, el mundo entero es mi tierra" V. Wolf
----- Me
> Estinados amigos, estimadas amigas:
> Nos ponemos en esta ocasión en contacto con ustedes para
>presentarles el nuevo informe publicado por Amnistía Internacional
>sobre Colombia y que lleva por título: “_ESO ES LO QUE NOSOTRAS
>EXIGIMOS. QUE SE HAGA JUSTICIA” IMPUNIDAD POR ACTOS DE VIOLENCIA
>SEXUAL COMETIDOS CONTRA MUJERES EN EL CONFLICTO ARMADO DE COLOMBIA_
>(AMR 23/018/2011), y que pueden descargar en el siguiente enlace:
>http://www.amnesty.org/en/library/info/AMR23/018/2011/es
> El núcleo de este informe lo constituyen las voces de las
>sobrevivientes de la violencia sexual en el sangriento conflicto de
>Colombia, mujeres y niñas tanto tiempo silenciadas, olvidadas e
>ignoradas. El mensaje que transmitieron al compartir sus historias con
>Amnistía Internacional fue claro e imperioso: “Eso es lo que
>nosotras exigimos. Que se haga justicia”.
>
> La violencia sexual es endémica en el conflicto armado que desde
>hace tiempo asola Colombia, como ya dejó patente la Corte
>Constitucional en su Auto 092, 2008. Miembros de todas las partes del
>conflicto —grupos paramilitares, grupos guerrilleros y las fuerzas
>de seguridad colombianas— han abusado y explotado sexualmente a
>mujeres y niñas. Lo han hecho por diversas razones: para explotarlas
>como esclavas sexuales, para sembrar el terror en las comunidades,
>para vengarse del adversario y para silenciar a las mujeres líderes.
>
> La violación y la violencia sexual no son las únicas formas de
>violencia basada en el género que experimentan las mujeres. Sin
>embargo, entran en una categoría especial por una razón básica: son
>los abusos contra los derechos humanos más invisibles. Las
>sobrevivientes rara vez denuncian este tipo de delitos y, cuando lo
>hacen, los autores de los abusos casi nunca comparecen ante la
>justicia. Éste es un escándalo de derechos humanos que convierte a
>las sobrevivientes de la violencia sexual en víctimas por partida
>doble. Revela vívidamente la impunidad profundamente arraigada que
>durante tanto tiempo ha protegido de la justicia a los autores de todo
>tipo de abusos contra los derechos humanos en Colombia.
>
> La impunidad existe por numerosas razones, entre ellas la ausencia
>de voluntad política por parte de los sucesivos gobiernos para
>adoptar medidas contundentes destinadas a poner fin a la violencia
>contra las mujeres relacionada con el conflicto, la falta de seguridad
>para sobrevivientes y testigos, un sistema judicial inadecuado, y un
>apoyo médico, psicosocial y económico inadecuado para las
>sobrevivientes.
>
> En 2010, el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses
>realizó 20.142 exámenes de posibles casos de violencia sexual,
>frente a 12.732 en 2000. Sin embargo, sólo 109 de estos casos fueron
>clasificados como relacionados con el conflicto, lo que pone de
>relieve la invisibilidad de estos crímenes. De ese total, las mujeres
>y niñas representaban el 84% de los casos, de las cuales, 17.318
>(más del 85%) fueron de menores de 18 años.
>
> El número de denuncias es muy inferior al de casos reales, como se
>puede comprobar con los siguientes datos:
>
> · El 73% de las mujeres maltratadas físicamente no
>denunciaron la violencia que sufrieron (Encuesta Nacional de
>Demografía y Salud sobre todos los casos de violencia sexual contra
>mujeres, mayo de 2011).
>
> · El 70% de las mujeres que fueron víctimas de
>violencia física y el 81,7% de las víctimas de agresión sexual no
>acudieron a ninguna institución a denunciar la agresión (Defensoría
>del Pueblo de Colombia, informe sobre todos los casos de violencia
>sexual, 2010).
>
> · El 82,1% de las víctimas de violencia sexual
>relacionada con el conflicto no denunció los hechos de los que fueron
>víctimas (Oxfam y Casa de la Mujer).
>
> De los 183 casos de violencia sexual que la Corte Constitucional
>ordenó investigar a la Fiscalía General de la Nación en 2008, se
>cree que los grupos guerrilleros fueron autores del 8,5%, las fuerzas
>de seguridad del 19,4%, los paramilitares del 45,8%, grupos armados
>ilegales no identificados del 4,5%, delincuentes comunes el 4% y un
>familiar el 1,5%, mientras que en un 16,4% de los casos no se pudo
>determinar el grupo al que pertenecía el presunto autor.
>
> Muy pocos casos se están investigando. Según las estadísticas de
>la Fiscalía General de la Nación, además de los 183 casos de
>violencia sexual cuya investigación ordenó la Corte Constitucional a
>la Fiscalía General en 2008, sólo se están investigando otros 68
>casos de violencia sexual relacionada con el conflicto.
>
> Incluso cuando la mujer reúne el coraje necesario para denunciar un
>caso de violación o de violencia sexual, éste rara vez se investiga
>efectivamente.
>
> Las mujeres indígenas sobrevivientes de la violencia sexual sufren
>barreras adicionales, como la ausencia de traductores, las
>dificultades para viajar desde zonas remotas a los lugares donde
>pueden obtener asistencia oficial y la significativa presencia de
>combatientes en las zonas donde viven.
>
> El informe concluye con una serie de recomendaciones, que de ser
>adoptadas, ayudarían en buena medida a mejorar esta situación.
>Extraemos las siguientes:
>
> Las autoridades colombianas deben:
> · Desarrollar una estrategia integral de género
>que actúe para combatir los estereotipos discriminatorios de las
>víctimas de la violencia contra la mujer y aborde la estigmatización
>de las víctimas de la violencia sexual reconociendo que la violencia
>basada en el género, incluido en el conflicto, es un atropello y es
>ilegal.
>
> · Implementar un proceso nacional de recogida de
>datos como parte del proceso de reconocimiento de todo el alcance que
>tiene la violencia contra la mujer relacionada con el conflicto y que
>actúe para poner fin a la impunidad en los casos de violencia contra
>la mujer, mejorando la capacidad de la Fiscalía General de la Nación
>para investigar casos de violencia contra la mujer y garantizar que
>los agentes estatales rinden cuentas de sus actos y excluir
>rotundamente los casos de violencia contra la mujer del sistema de
>justicia militar.
>
> · Asegurar que las violaciones sexuales son
>definidas como crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad
>cuando sea oportuno, como medida importante para garantizar que las
>investigaciones penales tratan de determinar la responsabilidad de la
>cadena de mando. También debe modificarse la definición de
>“violación” en el Código Penal para garantizar que coincide con
>la definición de “violación” del derecho internacional penal.
>
> · Garantizar que las sobrevivientes de la violencia
>sexual tienen acceso a atención psicológica y médica adecuadas.
>
> · Proteger a la población civil, incluidos los
>defensores y defensoras de derechos humanos y las sobrevivientes de la
>violencia sexual, y garantizar que se respeta el derecho a la verdad,
>la justicia y la reparación de todas las víctimas de abusos contra
>los derechos humanos y violaciones del derecho internacional
>humanitario.
>
> Los grupos guerrilleros deben:
>
> · Ordenar a todos los combatientes que respeten el
>derecho internacional humanitario, que prohíbe a las partes de los
>conflictos armados internos que ataquen a la población civil.
>
> · Emitir instrucciones claras a todos los
>combatientes que estén bajo su control para que no cometan actos de
>violencia basada en el género, incluidas la violación y otras formas
>de violencia sexual, contra mujeres y niñas, con independencia de si
>son civiles, sus propias combatientes o miembros del “enemigo”.
>
> · Denunciar públicamente la violencia basada en el
>género, emitiendo advertencias o instrucciones claras a sus fuerzas
>en el sentido de que no se tolerará la violencia contra las mujeres.
>
> · Comprometerse públicamente a no reclutar a
>ninguna persona menor de 18 años; a poner fin al uso de la violación
>y de otras formas de violencia sexual, y a poner fin a la práctica de
>abortos, embarazos y anticoncepción forzados respecto de los miembros
>femeninos de las fuerzas guerrilleras.
>
> Desde Amnistía Internacional pedimos a los gobiernos de otros
>Estados y a las fuerzas políticas que:
>
> · Insten al gobierno colombiano a que cumpla las
>recomendaciones anteriores y observen de cerca sus esfuerzos para
>cumplir tanto estas recomendaciones como las formuladas por la ONU y
>el sistema interamericano de derechos humanos y otros órganos
>intergubernamentales.
>
> · Elaboren, junto con otros Estados, un plan de
>acción para compartir la responsabilidad de identificar a, hacer el
>seguimiento y, cuando haya pruebas admisibles suficientes, pedir la
>extradición de presuntos responsables de crímenes de lesa humanidad
>y crímenes de guerra de violencia sexual.
>
> · Pidan a los grupos guerrilleros que se
>comprometan públicamente a respetar el derecho internacional penal e
>impidan que sus miembros cometan crímenes de lesa humanidad y
>crímenes de guerra, incluidos actos de violencia sexual.
>
> · En sus relaciones con el gobierno colombiano,
>expresen preocupación por el hecho de que no prevenga, enjuicie ni
>castigue la violencia sexual.
>
> · Ofrezcan apoyo a las organizaciones de mujeres,
>activistas y defensores y defensoras de derechos humanos para que
>puedan realizar su labor sin miedo.
>
>
>
>
>
> Atentamente, --
>PAP de Colombia [1]
>Amnistía Internacional - Sección española
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