Los permisos retribuidos empiezan en día laborable
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igsbcn en comitesibm.org
Mie Mar 28 12:55:03 CEST 2018
El Tribunal Supremo ha estimado el recurso de casación de doctrina
presentado por varios sindicatos, entre ellos CCOO, en relación con el
inicio del disfrute de los permisos retribuidos.
Hasta ahora estos permisos comenzaban en el día en el que ocurría el
hecho causante, independientemente de que fuera laborable o no. El
Tribunal Supremo ha cambiado su doctrina y en su sentencia n° 145/2018
de 13/02/18, ha declarado que, al ser retribuidos, deben empezar
siempre en el primer día laborable para la persona solicitante, después
del hecho que lo justifica, es decir el primer día que en su horario o
cuadrante indique que tiene que trabajar.
Así, los permisos retribuidos a los que se tiene derecho como son:
* por matrimonio
* por nacimiento de hijos/as
* hospitalización o fallecimiento de familiares, etc.
Cuando el día siguiente al hecho causante fuese festivo, o no laborable
porque fuera de libranza, el primer día retribuido será el laborable
posterior.
Anexamos los links siguientes para más información.
*Os recomendamos encarecidamente la lectura del Estudio Jurídico para
aclarar las posibles dudas que tengáis.*
_Sentencia Tribunal Supremo Permisos Retribuidos_
<https://www.ccoo-servicios.es/archivos/financiero/DPJ-9-2018-Inicio-permisos-dias-laborables.pdf>
_Estudio Jurídico CCOO sobre permisos retribuidos_
<https://www.ccoo-servicios.es/archivos/financiero/permisos-retribuidos-dias-laborables.pdf>
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