Comité Otra vez Normas de Conducta Comercial.
igsbcn
igsbcn en comitesibm.org
Lun Ene 29 12:22:02 CET 2018
Nuevamente se inicia el proceso anual de Certificación de las Normas
Comerciales.
En años anteriores, como ya comunicamos*, * la Dirección de la Compañía
ha ido corrigiendo algunos defectos; estar redactadas en inglés, basarse
en legislación de EEUU, etc., pero se niega a modificar una parte
fundamental.
Este proceso tiene dos pasos iniciales,que no han sido cuestionados
jurídicamente, y se pueden ejecutar dentro del tiempo de trabajo como
una actividad más, que son el Curso y la Lectura de las Normas.
Hay un tercer paso que es el de 'Certificación' en el cual se obliga, al
no permitir la herramienta en la web poner comentarios adicionales, a la
firma/aceptación incondicional de posibles sanciones adicionales no
contempladas ni en el contrato de trabajo ni en el convenio de
aplicación, y otras obligaciones (de denuncia, etc.).
Este tercer paso fué cuestionado jurídicamente en los tribunales, en
Barcelona, en los años 2011, 2012 , 2013 y 2014, y en todos los casos
sentenciados *los tribunales nos dieron la razón, anulando las sanciones
*(de empleo y sueldo) *que se habían impuesto a los compañeros que se
habían negado a ejecutar ese tercer paso (la Certificación) y que así lo
habían comunicado a la dirección.*
*
En los años 2015, 2016 y 2017, la empresa ya no impuso sanciones por no
hacer el paso 3, 'Cumplimentar el Formulario de Certificación' y se
limitó a enviar una nota al respecto, indicando que en cualquier caso es
obligatorio cumplir las Normas. *
Texto que proponemos, para esa comunicación a dirección, sobre los
motivos de la NO Certificación*:**
"Leídas las Normas de Conducta Comercial, les comunico que hay aspectos
que no puedo aceptar y por tanto sólo me siento vinculado con lo que
diga la legislación española al respecto. Igualmente no puedo aceptar
íntegramente el texto que figura en la Declaración de la
Certificación.**Mi intención es reconocer y respetar en todo momento la
buena fe contractual en la relación laboral existente entre la Compañía
y yo.* *Al mismo tiempo denunciar que la herramienta de Certificación no
me permite dejar constancia de mis objeciones con alguno de los aspectos
de las citadas normas."*
otro posible texto que puede ser enviado a dirección, como muestra de
disconformidad, aún firmando ese tercer paso (Certificación) :
*"Leídas las Normas de Conducta Comercial y ante aspectos que no puedo
aceptar, les comunico que sólo me siento vinculado con lo que diga la
legislación española al respecto. Mi intención es reconocer la
obligación de fidelidad en la relación laboral existente entre la
Compañía y yo, y respetar en todo momento la buena fe contractual."*
Adjuntamos los links del extracto de las sentencias de los año 2012-2013_
__
__http://www.comitesibm.org/ExtractoSentenciaSancionNoCertificacionNormasDic2012.rtf__
__
__http://www.comitesibm.org/ExtractoSentenciaNormasConducta13marzo2014.rtf_
y la comunicación con las consideraciones jurídicas de la primera
sentencia _
__
__http://www.comitesibm.org/OposicionCertificadoNormasConducta-31ene-12.rtf_
Para cualquier información adicional no dudéis en contactar con el
comité de empresa
Saludos
Comités de Empresa de IBM e IGS de Barcelona
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