Comité Otra vez Normas de Conducta Comercial.

igsbcn igsbcn en comitesibm.org
Lun Ene 29 12:22:02 CET 2018


Nuevamente se inicia el proceso anual de Certificación de las Normas 
Comerciales.

En años anteriores, como ya comunicamos*, * la Dirección de la Compañía 
ha ido corrigiendo algunos defectos; estar redactadas en inglés, basarse 
en legislación de EEUU, etc., pero se niega a modificar una parte 
fundamental.

Este proceso tiene dos pasos iniciales,que no han sido cuestionados 
jurídicamente, y se pueden ejecutar dentro del tiempo de trabajo como 
una actividad más, que son el Curso y la Lectura de las Normas.
Hay un tercer paso que es el de 'Certificación' en el cual se obliga, al 
no permitir la herramienta en la web poner comentarios adicionales, a la 
firma/aceptación incondicional de posibles sanciones adicionales no 
contempladas ni en el contrato de trabajo ni en el convenio de 
aplicación,  y otras obligaciones (de denuncia, etc.).

Este tercer paso fué cuestionado jurídicamente en los tribunales, en 
Barcelona, en los años 2011, 2012 , 2013 y 2014, y en todos los casos 
sentenciados *los tribunales nos dieron la razón, anulando las sanciones 
*(de empleo y sueldo) *que se habían impuesto a los compañeros que se 
habían negado a ejecutar ese tercer paso (la Certificación) y que así lo 
habían comunicado a la dirección.*
*
En los años 2015, 2016 y 2017, la empresa ya no impuso sanciones por no 
hacer el paso 3, 'Cumplimentar el Formulario de Certificación' y se 
limitó a enviar una nota al respecto, indicando que en cualquier caso es 
obligatorio cumplir las Normas. *

Texto que proponemos, para esa comunicación a dirección, sobre los 
motivos de la NO Certificación*:**

"Leídas las Normas de Conducta Comercial, les comunico que hay aspectos 
que no puedo aceptar y por tanto sólo me siento vinculado con lo que 
diga la legislación española al respecto. Igualmente no puedo aceptar 
íntegramente el texto que figura en la Declaración de la 
Certificación.**Mi intención es reconocer  y respetar en todo momento la 
buena fe contractual en la relación laboral existente entre la Compañía 
y yo.* *Al mismo tiempo denunciar que la herramienta de Certificación no 
me permite dejar constancia de mis objeciones con alguno de los aspectos 
de las citadas normas."*
otro posible texto que puede ser enviado a dirección, como muestra de 
disconformidad, aún firmando ese tercer paso (Certificación) :
*"Leídas las Normas de Conducta Comercial y ante aspectos que no puedo 
aceptar, les comunico que sólo me siento vinculado con lo que diga la 
legislación española al respecto. Mi intención es reconocer la 
obligación de fidelidad  en la relación laboral existente entre la 
Compañía y yo, y respetar en todo momento la buena fe contractual."*

Adjuntamos los links del extracto de las sentencias de los año 2012-2013_
__
__http://www.comitesibm.org/ExtractoSentenciaSancionNoCertificacionNormasDic2012.rtf__
__
__http://www.comitesibm.org/ExtractoSentenciaNormasConducta13marzo2014.rtf_

y  la comunicación con las consideraciones jurídicas de la primera 
sentencia _
__
__http://www.comitesibm.org/OposicionCertificadoNormasConducta-31ene-12.rtf_


Para cualquier información adicional no dudéis en contactar con el 
comité de empresa

Saludos

Comités de Empresa de IBM e IGS de Barcelona

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