Conciliación en el SIMA sobre la inaplicación del PBV-Plan Pensiones

igsbcn igsbcn en comitesibm.org
Jue Dic 24 12:23:43 CET 2015


/(remitido por los compañeros de IBM)/

Antes de que cumpliera el plazo de 20 días tras el anuncio de la 
compañía, el pasado 10 de diciembre se presentó demanda colectiva de 
impugnación de las medidas aplicadas unilateralmente por la Empresa sin 
el acuerdo de los Comités de Empresa, tanto de la reducción salarial 
como del ERE.


Por otra parte, en el proceso de inaplicación del Plan de Beneficios 
Voluntarios promovido por IBM, el pasado viernes en el Servicio 
Interconfederal de Mediación y Arbitraje (SIMA), la Compañía nos dijo 
que podrían aceptar nuestra última propuesta, siempre y cuando se 
cumplieran una serie de condiciones. Posteriormente recibimos dichas 
condiciones por escrito. Son las siguientes:

PREMISA NECESARIA: NECESIDAD DE GARANTIZAR AHORROS A FUTURO Y 
COMPETITIVIDAD - SIN ÉSTE REQUISITO NO CABE NINGUN ACUERDO.

PROPUESTAS MEDIDAS DE FLEXIBILIDAD INTERNA:
- Plan Tradicional  aplicabe única y exclusivamente a los empleados 
actuales (procedentes del Plan Alternativo y antiguos empleados en PT)
- No Plan para nuevas contrataciones
- Para empleados en Plan Tradicional de siempre no se aplicaría 
reducción salarial
- Para empleados en Plan Tradicional procedentes de PA se mantendría la 
reducción salarial del 10%
- Se ofrecería además un nuevo Plan de Aportación definida para que los 
empleados en Plan Tradicional puedan, en un plazo razonable de tiempo 
(3-4 meses) optar por dicho Plan.
- Para los empleados que voluntariamente optasen por dicho nuevo Plan de 
aportación definida no habría bajada salarial
- Dicho Plan se pagaría retroactivamente desde abril de 2015 en la 
cuantías que finalmente se acordasen (pendientes de definir)
- El vehículo preferido por la empresa para dicho nuevo Plan sería la 
aportación individual a cada empleado
- Colectivo de empleados de "Software" pasarían directamente al nuevo 
Plan de aportación definida
- El Acuerdo de 2002 aplicaría a todos los empleados en Plan Tradicional
- Regularización: quedaría como un tema abierto que la representación de 
los trabajadores podría impugnar ante la AN

DESPIDO COLECTIVO:
-  Voluntariedad (sujeta  a decisión ultima de la empresa) reduciendo el 
numero en las personas que ya hayan dejado la compañía por la bajada 
salarial y con indemnización equivalente a la del despido improcedente.

Desestimaron su propia propuesta del 15 de diciembre de firmar un 
preacuerdo y darnos un plazo hasta el 31 de enero para poder ratificar o 
no ese preacuerdo.

Lo peor, en este caso, no es ya la dureza de estas condiciones, sino que 
además, se nos dio un plazo de 3 días laborables para responder, con la 
amenaza de que si no había una respuesta positiva para el día 23, ese 
mismo día presentarían el escrito de inaplicación del Plan de Beneficios 
Voluntarios, ante la Comisión Consultiva Nacional de Convenios 
Colectivos (CCNCC), que es el siguiente paso formal obligado por la ley, 
cuando una empresa quiere inaplicar un convenio.


IMPONER MEDIDAS UNILATERALES Y ABUSIVAS NO ES NEGOCIAR.

Ante la última propuesta de la empresa, nuestra respuesta es la siguiente:

Cuando el pasado martes 15 propusimos llevar a cabo la transformación 
ilegalizada que la Empresa intentó en 1993, propusimos hacerla 
correctamente, de manera ordenada, sin engaños. Y la propusimos con un 
par de condicionantes previos: retirada de la bajada salarial y de la 
inaplicación del Plan de Beneficios Voluntarios. Parece que la empresa 
responde a nuestra propuesta con un escenario diferente que viene a 
reproducir el escenario de 1993 con todos sus defectos: discriminación 
de colectivos que no pueden elegir si permanecer en el Plan Tradicional 
o en el Plan de Aportación Definida, eliminación a futuro de un derecho 
colectivo, valoración incorrecta de los derechos adquiridos por cada 
empleado, aportaciones a un Plan de Pensiones en nómina, como un 
concepto salarial más...

Nuestra propuesta hoy en el SIMA, ha sido, una vez más, una propuesta de 
aproximación, pero condicionada a hacer lo que ellos mismos habían dicho 
unos días antes: nos damos un período de 1 ó 2 meses para negociar el 
detalle de la solución con reserva de acciones y aplazan la presentación 
del escrito de inaplicación en el CCNCC al fin del período de necgociación.

La empresa se ha tomado siempre el tiempo que ha querido para hacer sus 
análisis, cuantificaciones, conclusiones y decisiones. Recuérdese: casi 
20 meses para ejecutar la Sentencia del Tribunal Supremo cuando 
finalmente incorporó a la Póliza de Seguros Catalana a una parte de los 
afectados por dicha Sentencia.

No nos cansaremos de insistir en que cuando la Compañía nos hace una 
propuesta sobre el Plan de Beneficios Voluntarios no es para darnos un 
regalo. Es para recortar nuestros derechos. Y estamos obligados a 
pensarnos muy bien en las consecuencias de las respuestas que damos. Una 
mala decisión podría dejar sin derechos sobre pensiones a muchas 
personas. Y además, estamos comprometidos con vosotros a que no 
pondremos nuestra firma en ningún acuerdo sin haberlo consultado con 
vosotros, como nuestros representados.

No estamos dispuestos a tomar decisiones de esta transcendencia de forma 
precipitada. Nos tomaremos el tiempo que necesitemos para analizar su 
propuesta, valorarla y contrastarla con nuestros asesores.


Hoy hemos cerrado en el SIMA con acta de desacuerdo, pero seguiremos 
intentando llegar a una solución acordada adecuada para todas las partes.


*Comité de Empresa de IGS de BCN*

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