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<p><i><font color="#3366ff">(remitido por los compañeros de IBM)</font></i><br>
</p>
<p>Antes de que cumpliera el plazo de 20 días tras el anuncio de la
compañía, el pasado 10 de diciembre se presentó demanda colectiva
de impugnación de las medidas aplicadas unilateralmente por la
Empresa sin el acuerdo de los Comités de Empresa, tanto de la
reducción salarial como del ERE. <br>
<br>
<br>
Por otra parte, en el proceso de inaplicación del Plan de
Beneficios Voluntarios promovido por IBM, el pasado viernes en el
Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje (SIMA), la
Compañía nos dijo que podrían aceptar nuestra última propuesta,
siempre y cuando se cumplieran una serie de condiciones.
Posteriormente recibimos dichas condiciones por escrito. Son las
siguientes:<br>
<br>
PREMISA NECESARIA: NECESIDAD DE GARANTIZAR AHORROS A FUTURO Y
COMPETITIVIDAD - SIN ÉSTE REQUISITO NO CABE NINGUN ACUERDO.<br>
<br>
PROPUESTAS MEDIDAS DE FLEXIBILIDAD INTERNA:<br>
- Plan Tradicional aplicabe única y exclusivamente a los
empleados actuales (procedentes del Plan Alternativo y antiguos
empleados en PT)<br>
- No Plan para nuevas contrataciones<br>
- Para empleados en Plan Tradicional de siempre no se aplicaría
reducción salarial<br>
- Para empleados en Plan Tradicional procedentes de PA se
mantendría la reducción salarial del 10%<br>
- Se ofrecería además un nuevo Plan de Aportación definida para
que los empleados en Plan Tradicional puedan, en un plazo
razonable de tiempo (3-4 meses) optar por dicho Plan.<br>
- Para los empleados que voluntariamente optasen por dicho nuevo
Plan de aportación definida no habría bajada salarial<br>
- Dicho Plan se pagaría retroactivamente desde abril de 2015 en la
cuantías que finalmente se acordasen (pendientes de definir)<br>
- El vehículo preferido por la empresa para dicho nuevo Plan sería
la aportación individual a cada empleado<br>
- Colectivo de empleados de "Software" pasarían directamente al
nuevo Plan de aportación definida<br>
- El Acuerdo de 2002 aplicaría a todos los empleados en Plan
Tradicional<br>
- Regularización: quedaría como un tema abierto que la
representación de los trabajadores podría impugnar ante la AN<br>
<br>
DESPIDO COLECTIVO:<br>
- Voluntariedad (sujeta a decisión ultima de la empresa)
reduciendo el numero en las personas que ya hayan dejado la
compañía por la bajada salarial y con indemnización equivalente a
la del despido improcedente.<br>
<br>
Desestimaron su propia propuesta del 15 de diciembre de firmar un
preacuerdo y darnos un plazo hasta el 31 de enero para poder
ratificar o no ese preacuerdo.<br>
<br>
Lo peor, en este caso, no es ya la dureza de estas condiciones,
sino que además, se nos dio un plazo de 3 días laborables para
responder, con la amenaza de que si no había una respuesta
positiva para el día 23, ese mismo día presentarían el escrito de
inaplicación del Plan de Beneficios Voluntarios, ante la Comisión
Consultiva Nacional de Convenios Colectivos (CCNCC), que es el
siguiente paso formal obligado por la ley, cuando una empresa
quiere inaplicar un convenio.<br>
<br>
<br>
IMPONER MEDIDAS UNILATERALES Y ABUSIVAS NO ES NEGOCIAR.<br>
<br>
Ante la última propuesta de la empresa, nuestra respuesta es la
siguiente:<br>
<br>
Cuando el pasado martes 15 propusimos llevar a cabo la
transformación ilegalizada que la Empresa intentó en 1993,
propusimos hacerla correctamente, de manera ordenada, sin engaños.
Y la propusimos con un par de condicionantes previos: retirada de
la bajada salarial y de la inaplicación del Plan de Beneficios
Voluntarios. Parece que la empresa responde a nuestra propuesta
con un escenario diferente que viene a reproducir el escenario de
1993 con todos sus defectos: discriminación de colectivos que no
pueden elegir si permanecer en el Plan Tradicional o en el Plan de
Aportación Definida, eliminación a futuro de un derecho colectivo,
valoración incorrecta de los derechos adquiridos por cada
empleado, aportaciones a un Plan de Pensiones en nómina, como un
concepto salarial más...<br>
<br>
Nuestra propuesta hoy en el SIMA, ha sido, una vez más, una
propuesta de aproximación, pero condicionada a hacer lo que ellos
mismos habían dicho unos días antes: nos damos un período de 1 ó 2
meses para negociar el detalle de la solución con reserva de
acciones y aplazan la presentación del escrito de inaplicación en
el CCNCC al fin del período de necgociación.<br>
<br>
La empresa se ha tomado siempre el tiempo que ha querido para
hacer sus análisis, cuantificaciones, conclusiones y decisiones.
Recuérdese: casi 20 meses para ejecutar la Sentencia del Tribunal
Supremo cuando finalmente incorporó a la Póliza de Seguros
Catalana a una parte de los afectados por dicha Sentencia.<br>
<br>
No nos cansaremos de insistir en que cuando la Compañía nos hace
una propuesta sobre el Plan de Beneficios Voluntarios no es para
darnos un regalo. Es para recortar nuestros derechos. Y estamos
obligados a pensarnos muy bien en las consecuencias de las
respuestas que damos. Una mala decisión podría dejar sin derechos
sobre pensiones a muchas personas. Y además, estamos comprometidos
con vosotros a que no pondremos nuestra firma en ningún acuerdo
sin haberlo consultado con vosotros, como nuestros representados.<br>
<br>
No estamos dispuestos a tomar decisiones de esta transcendencia de
forma precipitada. Nos tomaremos el tiempo que necesitemos para
analizar su propuesta, valorarla y contrastarla con nuestros
asesores. <br>
<br>
<br>
Hoy hemos cerrado en el SIMA con acta de desacuerdo, pero
seguiremos intentando llegar a una solución acordada adecuada para
todas las partes. <br>
</p>
<p><br>
</p>
<p><strong>Comité de Empresa de IGS de BCN</strong></p>
<p> </p>
<div> </div>
<div> </div>
</body>
</html>