Reunión en la Audiencia Nacional
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ibmbcn en comitesibm.org
Vie Jun 26 12:51:58 CEST 2015
Ante nuestra nueva petición a la Audiencia Nacional, el juez nos convocó
a las dos partes el pasado lunes 22 de junio.
Los asistentes fueron los abogados de IBM e IGS y nuestros abogados.
Fue una reunión breve en la que los abogados de la empresa tenían que
probar que están ejecutando la sentencia.
Tras aportar ambas partes sus puntos de vista, el juez ha indicado que
este es un tema que sería mejor resolver con acuerdo entre las partes,
que la eventual exclusión de colectivos afecta al cumplimiento de la
Sentencia y podrá ser revisada por la Sala, instándonos en ello también
a acordar la solución.
Las dos empresas están formulando alegaciones sobre nuestro escrito. El
juez nos da de plazo hasta Octubre (la empresa dijo que sus actuarios
están trabajando pero que les pilla el verano por medio y no van a poder
acabar hasta Octubre) acordando ya la citación para incidente ejecutivo
a primeros de dicho mes. Si para entonces no hemos alcanzado un acuerdo,
se celebrará la vista y la Sala resolverá si ha habido o no cumplimiento
íntegro de lo ejecutado, con todas sus consecuencias.
En base a todo ello, hemos procedido a enviar el siguiente mensaje a la
Dirección:
Según lo hablado el lunes en la Audiencia Nacional, la Dirección de la
Empresa tiene que:
1. Realizar una convocatoria formal a los Comités de Empresa.
2. Proporcionar la información solicitada, previamente, por nota del 23
de abril de 2015, detallada más abajo. (*)
Asistiremos con nuestros asesores.
/(*) Por todo ello les solicitamos que hagan entrega, en un plazo máximo
de 10 días, de la siguiente información:/
* Respecto a los colectivos afectados.
* La relación íntegra de los trabajadores afectados, de ambas
empresas (IBM e IGS)
* La relación íntegra de los trabajadores que han sido
unilateralmente excluidos de la ejecución y las razones
explicativas para cada uno de los grupos, más allá de la mera
referencia al artículo 44 que efectúan en algunas de las cartas
de comunicación
* La relación de los trabajadores que se incorporaron a IBM,
provenientes de IGS a los que se les dedujo del salario los
importes necesarios para financiar el Plan Alternativo. Ya que
a estos se les debe incrementar el salario en la misma cantidad,
y así mismo, no computarse los importes deducidos a la hora de
llevar a cabo la regularización, como señala el hecho probado
noveno del Auto de 27 de febrero de 2015.
* La relación de los trabajadores que abandonaron la empresa
después del 24 de marzo del 2014, de forma involuntaria, sobre
todo aquellos a los que se les aplico un art. 44 del ET, y por
tanto tienen derecho a su inclusión en el Plan Tradicional, ya
que debe reconocérseles íntegramente los derechos derivados de
la ejecución (Lenovo y Concentrix, etc.)
* Respecto a los instrumentos que cubren estos compromisos:
* Las Pólizas, bases técnicas y dictámenes actuariales que
soporten tanto la regularización de estos derechos incluyendo
los ANEXOS, con listado nominal de trabajadores y primas
correspondientes.
* Las Pólizas, bases técnicas y dictámenes actuariales que
soporten la externalización de estos compromisos.
* Dictámenes actuariales de los expertos independientes que
soporten las dotaciones y provisiones en FONDO INTERNO de todos
los compromisos por pensiones sujetos a la obligación de
exteriorización y que, según el sistema tradicional, determinan
derechos a favor de los empleados.
*Comités de Empresa de IBM e IGS
*
------------ próxima parte ------------
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