Comité IGS: Información sobre los despidos objetivos "por absentismo"

igsbcn igsbcn en comitesibm.org
Jue Nov 21 10:01:29 CET 2019


Os recomendamos a todos la lectura de este artículo sobre el tema....

_https://www.ccoo-servicios.es/serveistecnics/html/46254.html_

Estamos a vuestra disposición para cualquier consulta.

Comité de empresa de IBM Global Services de Barcelona.

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Adjunto para todos lo que dice el ET...

Por faltas de asistencia al trabajo, aun justificadas pero 
intermitentes, que alcancen el veinte por ciento de las jornadas hábiles 
en dos meses consecutivos siempre que el total de faltas de asistencia 
en los doce meses anteriores alcance el cinco por ciento de las jornadas 
hábiles, o el veinticinco por ciento en cuatro meses discontinuos dentro 
de un periodo de doce meses.
     No se computarán como faltas de asistencia, a los efectos del 
párrafo anterior, las ausencias debidas a huelga legal por el tiempo de 
duración de la misma, el ejercicio de actividades de representación 
legal de los trabajadores, accidente de trabajo, maternidad, riesgo 
durante el embarazo y la lactancia, enfermedades causadas por embarazo, 
parto o lactancia, paternidad, licencias y vacaciones, enfermedad o 
accidente no laboral cuando la baja haya sido acordada por los servicios 
sanitarios oficiales y tenga una duración de más de veinte días 
consecutivos, ni las motivadas por la situación física o psicológica 
derivada de violencia de género, acreditada por los servicios sociales 
de atención o servicios de Salud, según proceda.
     Tampoco se computarán las ausencias que obedezcan a un tratamiento 
médico de cáncer o enfermedad grave.


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