[Ecoseny.Actualitat] FW: NO PAGUES LAS MULTAS DE ZONA AZUL

Antonia Trillo Sanchez antoniatrillo a hotmail.com
dis jul 23 18:13:34 CEST 2011



 



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Subject: FW: NO PAGUES LAS MULTAS DE ZONA AZUL
Date: Sat, 23 Jul 2011 07:06:30 +0000






 



From: tiacebolla a hotmail.es
Subject: FW: NO PAGUES LAS MULTAS DE ZONA AZUL
Date: Thu, 21 Jul 2011 17:03:42 +0200







Sara Pérez

Tot per a gaudir de la vida sana

tiacebolla a hotmail.es

  



Date: Thu, 21 Jul 2011 02:48:28 +0200
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To: 
Subject: NO PAGUES LAS MULTAS DE ZONA AZUL

 PARA QUITAR MULTAS DE ZONA AZUL. ALGO QUE INTERESA A TODOS 






Esto es algo que nos vale a todos para que los dueños de las empresas concesionarias privadas que tienen los Ayuntamientos para explotar la zona azul, no nos sigan robando en nuestras narices, ya que no sé si Uds saben esto:

Las multas que nos ponen cuando se nos olvida poner el ticket de zona azul son todas nulas de pleno derecho según el art 62.1.b de la Ley 30/1992 de 26 de Noviembre y el art 3 del Reglamento del Procedimiento Sancionador en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto 320/1994, de 25 de febrero.
No estamos obligados a pagar la zona azul ya que para eso pagamos un impuesto de circulación en nuestra ciudad. Cuando ponemos "1 Euro" en el parkimetro, ese Euro va a parar directamente al bolsillo del dueño de la empresa concesionaria privada.  Y cuando no hay puesto ticket, colocan en el parabrisas del coche un sobre marrón, que introduciéndolo en la maquinita y pagando "solo 3 Euros", (que van directamente al bolsillo del dueño de dicha empresa) anulan muy "amablemente" la multa, jajaja. ¡¡¡¡¡Qué ladrones!!!!!
  
Esto es de risa, pero ¡ATENCIÓN! que si no se pagan los "3 euros", ellos, alegando falsamente que esa multa la pone un Policia Local, nos envian la multa por medio de la Diputación, llegando a embargar la cuenta del banco si no se pagan 80 Euros en un plazo de tiempo... y que muy amablemente rebajan a 40 Euros si se paga la "multa" antes de 10 dias... jajajaja, ¡la monda!  Y todo basado en un fraude, basado en el desconocimiento de la gente en general,  con el que todos salen ganando menos nosotros, los trabajadores.

Por ello, CUANDO NOS PONGAN UNA MULTA DE ZONA AZUL, IMPRIMIREMOS EL SIGUIENTE ESCRITO, poniendo nuestros datos en el archivo adjunto (es un comunicado tipo), que entregaremos por duplicado en la Diputación, pero nunca antes de que nos llegue a casa la multa (para poder poner el número de expediente de la multa) 
Una vez entregado en información, se le dice al funcionario que le dé entrada al documento, sellando la copia que a tal efecto llevaremos preparada. En aproximadamente un mes, contesta la Diputación dándonos la razón y archivando el expediente;  y fuera multa y embargo de cuenta bancaria. 

Yo no pienso pagar más una zona azul en mi ciudad.
  
LA INSTANCIA DE DESCARGOS: 
AL ILMO. SR. ALCALDE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE......... : YO, D. ....... , MAYOR DE EDAD CON DNI....; Y DOMICILIO EN LA C/..........., MANIFIESTO: Que he sido anunciado en el BOP bajo el epígrafe “notificación de denuncia de tráfico”, número de expediente .........., por estacionar en lugares habilitados por la autoridad municipal como estacionamiento con limitación horaria, sin colocar el distintivo que lo autoriza, por un importe de ... euros. No estando conforme con la misma y dentro del plazo señalado, presento la siguiente ALEGACION:  El número de agente denunciante que figura en la notificación de la denuncia no corresponde a ningún agente de la Policía Local de la Población, pudiendo corresponder a alguno de los encargados de la empresa que gestiona la zona azul; en consecuencia, el acto de inicio del Procedimiento Sancionador resulta nulo de pleno derecho, conforme al art. 62.1.b, de la Ley 30/1992, de 26 noviembre, al ser dictado por órgano manifiestamente incompetente, en cuanto que la denuncia no ha sido formulada por agente de la Policía Local o agente alguno de la autoridad ni autoridad competente alguna, según dispone el art 3 del Reglamento de Procedimiento Sancionador en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por Real Decreto 320/1994, de 25 de febrero. Por lo expuesto: Solicito que tengan por presentado en tiempo y forma este escrito de alegación en el expediente de referencia, y tras los trámites oportunos, acuerden declarar su improcedencia y procedan al archivo de sus actuaciones. 		 	   		  
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