del REEMBOLSOS DE GASTOS

igsbcn igsbcn en comitesibm.org
Vie Jul 2 16:34:51 CEST 2010


El pasado 1 de Junio del 2010, recibimos una nota de correo electrónico 
de Recursos Humanos sobre las NORMAS DE REEMBOLSOS DE GASTOS,  a la que 
queremos hacer las siguientes precisiones:

·        Las NORMAS DE REEMBOLSOS DE GASTOS están recogidas en el 
acuerdo del año 2002, firmado entre la Dirección de ambas empresas IBM e 
IGS y los comités de empresa. Desde entonces no se ha modificado este 
acuerdo y por tanto las normas de reembolso de gastos no han variado.

·        Según el texto firmado con los comités, el uso de la tarjeta 
AMEX para gastos particulares no está prohibido ni sancionado. El 
acuerdo recoge únicamente que la empresa la proporcionará gratuitamente 
y que "tendrá carácter generalizado para la reserva y pago de hoteles y 
medios de transporte público colectivo (avión / tren),..", aunque 
también permite el uso de tarjetas privadas para el mismo uso.

·        Tampoco esta recogida en el NORFIN la obligación de que las 
facturas del hotel deben solicitarse SIEMPRE a nombre de IBM

·        En cuanto a la frase "No obstante lo anterior, es obligación de 
todos estar actualizados sobre cualquier variación temporal o definitiva 
de la normativa,  con independencia de las posibilidades de liquidación 
en WWERS, que pudiera no estar actualizada.", entendemos que la empresa 
no puede obligarnos a ello, y lo consideramos absolutamente ilegal. No 
se puede sancionar sobre normas arbitrarias y unilateralmente impuestas, 
ya que se produciría una indefensión prohibida por la Constitución 
Española.

*/    /*
*/Hace casi un mes que, como comités y como empleado,s hemos enviado 
notas a la Dirección con estas reclamaciones pero ni siquiera se han 
dignado a contestar./*

*/Se nos escapa qué otro objetivo pueden tener este tipo de  notas, 
salvo el de confundir y amenazar a los empleados, para  aprovecharse de 
este ambiente de miedo en su propio beneficio./*

*/Como información, añadir:/*

·        */Que tenemos derecho a conocer los términos del contrato de la 
tarjeta AMEX, y que podemos solicitarlo a la Dirección en cualquier 
momento./*
·        */Que nuestros datos privados y detalles de las facturas 
 contenidos en los extractos de la tarjeta AMEX, no se pueden trasferir 
a la dirección de la empresa sin nuestro consentimiento./*
·        */Que si se nos acusa de cometer una infracción tenemos derecho 
a que se nos comuniquen oficialmente todos los detalles de la 
infracción, incluyendo las normas infringidas. /*

*/Al parecer la dirección también esta contestando a algunos empleados 
que existe la obligación de adelantar dinero para los gastos de viaje. 
Esto no es así, y en esta dirección 
/**/_http://www.comitesibm.org/NorfinMarzo2008.doc_/**/ tenéis el texto 
completo del  NORFIN para que lo comprobéis. Se permitió,  con el 
acuerdo, que el empleado pagara con su dinero pero también se  regulaba 
que el reembolso de estos gastos se debería de hacer antes de que se nos 
cargara a nuestra cuenta. Entre otras cosas el NORFIN dice:/*

"Asimismo podrán efectuarse tantas _liquidaciones parciales_ como el 
empleado desee, ya sea en sistema de dietas como de gastos pagados, sin 
necesidad de adjuntar justificante documental alguno hasta la 
liquidación final, en la cual se habrá de acompañar todos los documentos 
que justifican los gastos que son objeto de liquidación. En caso de 
utilizarse esta posibilidad de liquidación parcial sin adjuntar 
documentos, el empleado deberá hacer constar expresamente en la 
liquidación..."


*/No dudéis en consultar cualquier duda, pregunta y/o sugerencia en este 
aspecto, a los componentes del Comité de Empresa o Delegados de 
Personal. /*


*/Comités de Barcelona de IBM e IGS./*
30 de Junio del 2010
------------ próxima parte ------------
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