del REEMBOLSOS DE GASTOS
igsbcn
igsbcn en comitesibm.org
Vie Jul 2 16:34:51 CEST 2010
El pasado 1 de Junio del 2010, recibimos una nota de correo electrónico
de Recursos Humanos sobre las NORMAS DE REEMBOLSOS DE GASTOS, a la que
queremos hacer las siguientes precisiones:
· Las NORMAS DE REEMBOLSOS DE GASTOS están recogidas en el
acuerdo del año 2002, firmado entre la Dirección de ambas empresas IBM e
IGS y los comités de empresa. Desde entonces no se ha modificado este
acuerdo y por tanto las normas de reembolso de gastos no han variado.
· Según el texto firmado con los comités, el uso de la tarjeta
AMEX para gastos particulares no está prohibido ni sancionado. El
acuerdo recoge únicamente que la empresa la proporcionará gratuitamente
y que "tendrá carácter generalizado para la reserva y pago de hoteles y
medios de transporte público colectivo (avión / tren),..", aunque
también permite el uso de tarjetas privadas para el mismo uso.
· Tampoco esta recogida en el NORFIN la obligación de que las
facturas del hotel deben solicitarse SIEMPRE a nombre de IBM
· En cuanto a la frase "No obstante lo anterior, es obligación de
todos estar actualizados sobre cualquier variación temporal o definitiva
de la normativa, con independencia de las posibilidades de liquidación
en WWERS, que pudiera no estar actualizada.", entendemos que la empresa
no puede obligarnos a ello, y lo consideramos absolutamente ilegal. No
se puede sancionar sobre normas arbitrarias y unilateralmente impuestas,
ya que se produciría una indefensión prohibida por la Constitución
Española.
*/ /*
*/Hace casi un mes que, como comités y como empleado,s hemos enviado
notas a la Dirección con estas reclamaciones pero ni siquiera se han
dignado a contestar./*
*/Se nos escapa qué otro objetivo pueden tener este tipo de notas,
salvo el de confundir y amenazar a los empleados, para aprovecharse de
este ambiente de miedo en su propio beneficio./*
*/Como información, añadir:/*
· */Que tenemos derecho a conocer los términos del contrato de la
tarjeta AMEX, y que podemos solicitarlo a la Dirección en cualquier
momento./*
· */Que nuestros datos privados y detalles de las facturas
contenidos en los extractos de la tarjeta AMEX, no se pueden trasferir
a la dirección de la empresa sin nuestro consentimiento./*
· */Que si se nos acusa de cometer una infracción tenemos derecho
a que se nos comuniquen oficialmente todos los detalles de la
infracción, incluyendo las normas infringidas. /*
*/Al parecer la dirección también esta contestando a algunos empleados
que existe la obligación de adelantar dinero para los gastos de viaje.
Esto no es así, y en esta dirección
/**/_http://www.comitesibm.org/NorfinMarzo2008.doc_/**/ tenéis el texto
completo del NORFIN para que lo comprobéis. Se permitió, con el
acuerdo, que el empleado pagara con su dinero pero también se regulaba
que el reembolso de estos gastos se debería de hacer antes de que se nos
cargara a nuestra cuenta. Entre otras cosas el NORFIN dice:/*
"Asimismo podrán efectuarse tantas _liquidaciones parciales_ como el
empleado desee, ya sea en sistema de dietas como de gastos pagados, sin
necesidad de adjuntar justificante documental alguno hasta la
liquidación final, en la cual se habrá de acompañar todos los documentos
que justifican los gastos que son objeto de liquidación. En caso de
utilizarse esta posibilidad de liquidación parcial sin adjuntar
documentos, el empleado deberá hacer constar expresamente en la
liquidación..."
*/No dudéis en consultar cualquier duda, pregunta y/o sugerencia en este
aspecto, a los componentes del Comité de Empresa o Delegados de
Personal. /*
*/Comités de Barcelona de IBM e IGS./*
30 de Junio del 2010
------------ próxima parte ------------
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