From ibmbcn en comitesibm.org Thu Jul 10 10:36:59 2025 From: ibmbcn en comitesibm.org (Comite IBM Barcelona) Date: Thu, 10 Jul 2025 10:36:59 +0200 Subject: =?utf-8?q?Comit=C3=A9_IBM_BCN_=3A_?= Comunicado Comite IBM BCN --------------- Encuesta Plan de Igualdad Message-ID: <0bf28d9959e5d491c74287809a475775@comitesibm.org> Estimados compañeros, la empresa anunció ayer la puesta en marcha del plan de igualdad en IBM, desde el comité de empresa queremos trasladaros algunas puntualizaciones importantes: 1º.- Sobre el plan de igualdad: El 29 de mayo os enviamos nuestras consideraciones que adjuntamos de nuevo. 2º.- Sobre la encuesta: En septiembre del 2024, se acordó dentro de la mesa de negociación del plan de igualdad, lanzar una encuesta conjunta con la empresa. El objetivo era dotar, al diagnóstico previo al plan de Igualdad, información sobre la percepción de la plantilla en materia de igualdad de género en IBM. Sin embargo, como podéis comprobar, es ahora cuando la empresa lanza la encuesta, una vez que ya no se pueden tomar medidas efectivas que pudieran detectarse en la misma, ya que la negociación del plan de igualdad está finalizada y a su vez el plan registrado sin acuerdo con la RLPT. No se ha tenido en cuenta la sensibilidad y opinión de la plantilla en su elaboración, lo que desvirtúa su propósito inicial. Este hecho ha sido uno más de los motivos que han influido en la decisión de la parte social de no firmar el plan de igualdad. Como podéis comprobar una vez más, la empresa ha actuado de manera autocrática en todo el proceso, sin respetar los acuerdos alcanzados ni garantizar una participación real y efectiva de la representación legal de las personas trabajadoras en un proceso tan relevante. Gracias por vuestra atención y comprensión y os animamos a seguir participando activamente en la defensa de nuestros derechos. COMITÉ DE EMPRESA DE IBM S.A. BARCELONA ------------ próxima parte ------------ Se ha borrado un adjunto en formato HTML... URL: ------------ próxima parte ------------ A non-text attachment was scrubbed... Name: 20250529 Situacion Plan De Igualdad.pdf Type: application/pdf Size: 996916 bytes Desc: no disponible URL: From ibmbcn en comitesibm.org Fri Jul 18 12:05:46 2025 From: ibmbcn en comitesibm.org (Comite IBM Barcelona) Date: Fri, 18 Jul 2025 12:05:46 +0200 Subject: =?utf-8?q?Comit=C3=A9_IBM_BCN_=3A_?= Comunicado Comite IBM BCN --------------- Dietas NORFIN Message-ID: <6d380b9e4d604ecdbee103b599663fdb@comitesibm.org> Buenos días os resumo la situación actual de como está actualmente las dietas en la Compañía: Problema principal: Las dietas del acuerdo de empresa NORFIN (2002) están desfasadas y son inferiores a las establecidas en los convenios colectivos actuales. Postura de la empresa: * Mantienen dietas NORFIN para viajes internacionales. * Para nacionales, aplican el importe más alto entre NORFIN y el convenio colectivo aplicable. * Se niegan a actualizar la herramienta de gestión de gastos (CONCUR), que solo permite los valores antiguos. Consecuencia: * Los empleados no pueden aplicar correctamente los importes de convenio en sus dietas si estos son superiores. * La tarjeta PLUXEE (comidas en el centro de trabajo) no aplica a desplazamientos. Derecho: _ El convenio colectivo de aplicación prima sobre los acuerdos de empresa si estos son inferiores._ Acciones: * Se ha solicitado a la empresa adaptar CONCUR y respetar el convenio. * De persistir la negativa, se plantea una denuncia. ? APLICACIÓN AL CONVENIO SIDEROMETALÚRGICO DE BARCELONA (2022-2024) Convenio provincial del sector Siderometalúrgico de Barcelona - vigente hasta 2024 y hasta el momento es vigente (porque aún no se ha firmado un convenio nuevo: ultraactividad) - establece en su artículo correspondiente a desplazamientos y dietas que: Las dietas son obligatorias para desplazamientos fuera del municipio habitual de trabajo o de su municipio de residencia, percibirá media dieta (una comida principal) o dieta completa (dos comidas principales). ? VALORES CORRECTOS DEL CONVENIO SIDEROMETALÚRGICO DE BARCELONA VIGENTE: Media dieta: 16,79 EUR Dieta completa : 33,59 EUR ? Corrección de la aplicación al caso NORFIN Con estos importes ya claros, la aplicación correcta al caso NORFIN sería: 1. Para desplazamientos fuera del municipio habitual de trabajo o de su municipio de residencia: Si el acuerdo de empresa NORFIN (2002) establece una media dieta inferior a 16,79 EUR o una dieta completa inferior a 33,59 EUR, entonces: Debe aplicarse el importe del convenio de Barcelona, por ser más favorable al trabajador (como obliga el Estatuto de los Trabajadores). 2. Si en CONCUR no se permite aplicar estos valores: La empresa estaría impidiendo el uso de los importes legales y actualizados. Por tanto, debe actualizar la aplicación CONCUR o habilitar otra vía para reportar los gastos según convenio. ? CONCLUSIÓN Y APLICACIÓN DIRECTA Si los valores de dieta del NORFIN son inferiores a los establecidos en el convenio siderometalúrgico de Barcelona, estos últimos deben aplicarse obligatoriamente, incluso si la empresa no ha adaptado CONCUR. La negativa de la empresa a modificar la herramienta no exime del cumplimiento del convenio. Debéis comunicar por escrito (por ejemplo, vía AskHR) la necesidad de aplicar los valores correctos y exigir formalmente su cumplimiento, apoyándoos en el principio de norma más favorable al trabajador del Estatuto de los Trabajadores. ? RECOMENDACIÓN LEGAL Si la empresa se mantiene en su postura: * Podéis denunciar esta infracción ante la Inspección de Trabajo o el CMAC (Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación de Barcelona). * Recoged pruebas (respuestas de la empresa, tickets de CONCUR, etc.). Para cualquier duda podéis consultarnos COMITE IBM BARCELONA ------------ próxima parte ------------ Se ha borrado un adjunto en formato HTML... URL: