Comunicado sobre cafetería

ibmbcn ibmbcn en comitesibm.org
Mar Abr 28 16:31:45 CEST 2009


*/Para vuestra información/*

Hace unas semanas este comité se enteró por "rumores" de que la 
dirección iba a realizar cambios en la cafetería que afectaban a los 
trabajadores, por lo que envió un correo electrónico a la dirección de 
RRHH el pasado 26 de Marzo, en el que le requería información y le 
recordaba nuestro derecho a intervenir en el proceso de selección del 
proveedor, en el control de calidad y en el coste del ticket así como en 
cualquier posible modificación que se hiciera en la contribución por 
cuenta del empleado (actualmente 1,05EUR) según acuerdo de 1979 firmado 
entre la Dirección y el Comité de Empresa de IBM.

En contestación a este correo, la dirección de RRHH convocó a una 
reunión "informativa" al presidente y al secretario del Comité de 
Empresa de IBM Madrid, el día 13 de Abril, en la que se nos proporcionó 
una hoja resumen con un borrador de los cambios que tienen planificado 
realizar. Ante lo cual este Comité alegó los siguientes puntos.

1.        Que para respetar los términos del mencionado acuerdo de 1979, 
se tendría que  convocar una negociación a todas las partes interesadas 
y firmantes del mismo, es decir los comités y delegados de personal de 
IBM e IGS de todo el territorio nacional y no sólo de IBM Madrid. Los 
cambios que la empresa propone afectan a todos los empleados de IBM e 
IBM Global Services, lo que supone unos 3000 trabajadores.
2.        Que entendemos que el contrato se ha modificado en sus partes 
más sustanciales, y por tanto los representantes legales tendríamos que 
haber sido no sólo informados sino también haber participado en la 
redacción del contrato y en el establecimiento de las "nuevas" 
condiciones que van a llevarse a efecto, que afectarán según nos han 
comunicado, entre otros:  al servicio que el proveedor va a 
proporcionar, al coste del menú, al coste del ticket (tanto de cafetería 
interna, como externa), a la contribución que el empleado realiza, a la 
contribución o canon que el proveedor realiza, al coste que la dirección 
de la empresa IBM asume, es decir a casi la totalidad de los términos 
del contrato.
3.        Que dejábamos constancia de nuestra protesta ya que en ningún 
momento se nos había consultado ni tan siquiera informado en todo este 
proceso y que no estábamos de acuerdo en los términos del contrato, y 
que si la dirección insistía en llevarlos a cabo, no tendríamos más 
salida que denunciarlo.  
4.        Que de los datos que en un primer análisis estábamos 
detectando, no estaba justificado el incremento en la cantidad que los 
trabajadores han venido abonando por cada comida, es decir una subida 
del 100%, pasando a pagar de 1,05EUR a 2EUR, y además con una reducción 
tanto en la cantidad como en la calidad del menú.
5.        Que además y según expresó la Dirección de RRHH, la empresa 
proveedora del servicio EUREST, por primera vez se va a hacer cargo del 
mantenimiento de las instalaciones de la cafetería, abonando además un 
canon a IBM de 5,35EUR. Lo que supone que el coste asumido por IBM, no 
sólo no se va a incrementar, sino que se va a reducir, Simplemente 
descontando este importe de los 10,70EUR del precio del menú que 
menciona la Dirección en su documento, obtenemos un precio real del menú 
de 10,70 - 5,35 = 5,35EUR y el 20% de 5,35EUR es 1,07EUR, que es lo que 
entendemos que el trabajador según lo estipulado en el acuerdo vigente 
tendría que paga por cada ticket.

Por todo ello, reiteramos las peticiones que les hicimos en la citada 
reunión:

1.        Dejar sin efecto la modificación anunciada para el día 4 de Mayo.
2.        Cumplir lo establecido en el citado acuerdo de 1979, en cuanto 
a nuestro derecho a participar en la redacción del contrato.
3.        Convocar una reunión entre la dirección y los  comités afectados.
4.        Proporcionarnos toda la información contractual SOW o contrato 
marco actualmente en vigor, previo a la modificación anunciada.

Todo esto, sin perjuicio de posterior informe u otras acciones legales 
que el comité de empresa decida realizar.

Una vez más hemos de elevar nuestra protesta ante esta forma de 
actuación que impide que la representación sindical lleve a cabo el 
papel que le reconoce la legislación vigente.
*/

Comité de empresa de IBM GSE Madrid/*

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