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<body bgcolor="#FFFFFF" text="#000000">
<b>De:</b> Josep co.bas [<a class="moz-txt-link-freetext"
href="mailto:933002939@telefonica.net">mailto:933002939@telefonica.net</a>]<br>
<div class="OutlookMessageHeader" dir="ltr" align="left"><font
face="Tahoma" size="2"><b>Enviado el:</b> divendres, 2 / març /
2012 07:18<br>
<b>Asunto:</b> vaga<span class="609071906-02032012"><font
color="#0000ff" face="Arial"> 29 </font></span><br>
<br>
</font></div>
<h1 class="articulo_r">La contrarreforma laboral: contexto,
contenido, efectos, justificación y respuestas <span
class="609071906-02032012"><font color="#0000ff" face="Arial"
size="2"> - </font></span>Vidal Aragonés</h1>
<p>Dos semanas después de la aprobación del RD-Ley 3/2012 —la
contrarreforma laboral—, a nadie se le escapa la profundidad de su
contenido y la trascendencia para el presente y futuro de las
relaciones laborales y el movimiento obrero y sindical. Ello hace
que sea necesario aproximarse no sólo al contenido del cambio
normativo, sino al contexto en el que se ha producido, las
justificaciones y objetivos que lo determinan, y los efectos que
tendrá.</p>
<p><b>De la reforma del capitalismo a las contrarreformas sociales.
De la huelga del 29-S al II Acuerdo para la Negociación
Colectiva</b></p>
<p>La profunda crisis que está atravesando el capitalismo llevó en
los inicios de la misma al planteamiento desde sectores incluso
conservadores, Sarkozy a la cabeza, de una pretendida necesidad de
reformarlo. Ello, lejos de buscar la solución de problema alguno,
suponía en la práctica intensificar la idea de que las causas de
la crisis eran errores en el desarrollo del sistema pero no su
fallo orgánico.</p>
<p>Aun así, lo que hemos encontrado no ha sido la reforma del
capitalismo, sino la contrarreforma de los derechos sociales. Las
instituciones de la Unión Europea, el FMI y el Banco Mundial
dictan las políticas a desarrollar, siendo ciertamente simplistas
en el ámbito de las relaciones laborales: rebajar los costes del
trabajo. Idénticas medidas se solicitan para todos los estados,
teniendo mayor o menor intensidad según la gravedad de la crisis y
la realidad de su movimiento sindical.</p>
<p>En el caso concreto del Estado español, las medidas de carácter
antisocial se iniciaron con la Ley 35/2010, lo que conocimos como
la “contrarreforma laboral de Zapatero”, y se desarrollaron con el
RD-Ley 7/2011, de modificación de la negociación colectiva, y la
Ley 27/2011 del sistema de pensiones.</p>
<p>Más allá de otros cambios normativos impulsados en los tres
últimos meses del Gobierno de Zapatero, supuso un salto
cualitativo la modificación de la Constitución española en lo
relativo al límite del déficit público. Ello no sólo es optar por
la vía del bonapartismo <i>light</i>, sino que supone negar la
expresión económica y social de la socialdemocracia; ¿para qué
votar si la posibilidad de hacer política está limitada y
cosificada? Sin duda, los resultados electorales del Partido
Popular generaron fortaleza en los sectores conservadores de la
sociedad, y la expresión de sus demandas tardó pocas horas tras la
victoria de Rajoy.</p>
<p>Determinante en la actual realidad es el posicionamiento
mayoritario de las direcciones de CCOO y UGT. Han pasado de la
convocatoria de una huelga general y de las críticas al proyecto
de modificación del sistema de pensiones a aceptar este último,
realizar una crítica tibia a la modificación de la negociación
colectiva y asumir hasta los argumentos patronales sobre la
desregulación laboral como elemento que evita despidos.</p>
<p>Ese evidente giro sindical de CCOO y UGT, aunque realmente es
resituarse en su posición anterior a la convocatoria de la huelga
general del 29-S, se profundiza con la firma del II Acuerdo para
el Empleo y la Negociación Colectiva. Lo grave no es tanto lo que
se firma, que no es vinculante para quien no lo suscribe, cuanto
la adopción como propio del discurso patronal:<i> </i>“La
flexibilidad interna mantiene el empleo y evita despidos” (pág. 4,
tercer párrafo, del II Acuerdo). A su vez, todo el texto es una
apuesta por trasladar la negociación al ámbito de la empresa,
reconocer que si las modificaciones son negociadas siempre son
positivas y aceptar rebajas salariales.</p>
<p>Al observar tan débiles a las direcciones de CCOO y UGT, el
Gobierno de Rajoy optó dos semanas después por imponernos la mayor
contrarreforma laboral de la historia del Estado español.</p>
<p><b>RD-Ley 3/2012: facilitar y abaratar el despido, potenciar la
inestabilidad en las condiciones laborales y rebajar los costes
empresariales</b></p>
<p>Se hace difícil encontrar rastro de los principios del Derecho
del Trabajo en el RD-Ley 3/2012: carácter tuitivo (protector),
principio <i>pro operario</i>, norma más favorable, condición más
beneficiosa, principio de continuidad, principio de razonabilidad,
principio de primacía de la realidad, etc., etc.</p>
<p>Se volverá más complejo observar la realidad laboral existente
hasta mediados de los años noventa, o la actual, tras una década
en el supuesto de que la contrarreforma se transforme en Ley y se
consolide como normativa vigente. Ello se debe a que el RD-Ley
3/2012 actúa sobre las instituciones esenciales de la relación
laboral.</p>
<p>El primer gran cambio normativo actúa sobre el <i>despido, que
se facilita y se abarata</i>. Se posibilita el despido objetivo
en caso de que las empresas tengan una reducción de ingresos o
ventas durante tres trimestres. Ello supone que hasta empresas con
beneficios multimillonarios puedan despedir pagando 20 días de
salario por año trabajado con el tope máximo de un año. Asimismo,
con esta mínima indemnización se puede extinguir el contrato a los
trabajadores y las trabajadoras que se encuentren en dos
situaciones de incapacidad temporal por enfermedad común que
supongan el 20% de sus jornadas hábiles en 2 meses o el 25% en 4
meses discontinuos en un periodo de 12 meses.</p>
<p>En las <i>extinciones de carácter colectivo</i> no sólo se
incorpora el criterio de extinción objetiva antes explicado, sino
que <i>se elimina la necesaria autorización laboral</i> existente
hasta la fecha. Las empresas pueden despedir a todos sus
trabajadores con la indemnización mínima sin que necesiten para
ello la autorización de la autoridad laboral.</p>
<p>Al mismo tiempo, se reduce la totalidad de las cantidades a
abonar por parte de las empresas cuando el despido es declarado
improcedente (injustificado, sin causa). Hasta ahora, el régimen
general era de 45 días por año con el tope de 42 mensualidades y
salarios de tramitación. Con la nueva normativa se reduce a <i>33
días por año con el tope de 24 mensualidades, eliminándose los
salarios de tramitación</i>, a abonar desde la fecha del despido
hasta la fecha de la sentencia.</p>
<p>Para clarificar la jurisprudencia, se deja claro que en lo
caracterizado como <i>sector público</i> no sólo son aplicables
las causas de <i>despido objetivo</i> y <i>ERE</i>, sino que
habrá un nuevo supuesto de extinción por “insuficiencia
presupuestaria sobrevenida y persistente”.</p>
<p>Se desarrolla el <i>contrato de aprendizaje y formativo</i>, que
supone en el primer año un salario de <i>481,05 €</i>, que ya no
queda limitado a tres años, sino a tantos contratos entre los 16 y
30 años como actividades diferentes se desarrollen. Se crea un
nuevo contrato denominado “<i>indefinido para emprendedores</i>”,
que en la práctica, al contar con un <i>periodo de prueba de un
año</i>, será utilizado como un <i>contrato temporal acausal</i><b>,</b>
con lo que invocar la no superación de la prueba supondrá
extinguir el contrato sin indemnización alguna. El hecho de
posibilitar que las <i>ETT realicen funciones de agencias
privadas de colocación</i> hará que las mismas ofrezcan también
contratación temporal para esos supuestos.</p>
<p>En cuanto a la <i>práctica totalidad de las condiciones
laborales</i> (la jornada de trabajo, el horario, el salario y
el sistema de rendimiento), podrán ser<b> </b><i>modificadas
unilateralmente</i> de una manera más sencilla que las causas y
formalidades existentes hasta la contrarreforma. A su vez, <i>el
contrato a tiempo parcial podrá incorporar la realización de
horas extraordinarias</i>.</p>
<p>No sólo se podrán modificar o reducir las condiciones laborales
que mejoren lo establecido en el <i>convenio colectivo</i>, sino
<i>inaplicar</i> el mismo en empresas en dificultades, a la vez
que se atribuye <i>primacía a los convenios de empresa</i> sobre
los de sector en cuanto a las condiciones determinantes de la
relación laboral, y <i>fija la ultraactividad en dos años</i>
desde la denuncia.</p>
<p>Existen cuatro pequeñas medidas que no son negativas en cuanto a
los derechos laborales: recuperación del artículo 15.5 del
Estatuto de los Trabajadores; nuevo derecho a formación (si bien
debe ser pactada con la empresa); reposición de prestaciones de
desempleo consumidas en EREs y bonificaciones a la contratación.
Esta última es negativa desde una observancia social.</p>
<p><b>Efectos: más rotación, más temporalidad, más despidos, más
pauperización, quebrantamiento de la negociación colectiva</b></p>
<p>Lejos de ese falsario discurso sobre la dualidad laboral, lo
cierto es que la situación futura será de precariedad laboral
generalizada.</p>
<p>Ninguna de las medidas aprobadas (tampoco la recuperación del
art. 15.5 del Estatuto de los Trabajadores) supondrá un freno a la
temporalidad. Las modalidades más precarias en la contratación se
desarrollan, creándose otras nuevas en las que, bajo la forma de
un contrato indefinido, se generará una finalización del contrato
no indemnizado, lo cual creará mayor rotación y temporalidad,
aunque en las estadísticas el número de contratos temporales
disminuya. Que las ETT realicen funciones de<b> </b>agencias
privadas de colocación equivale a poner a la zorra a cuidar de las
ovejas. Cuando busquen colocación no podrán evitar pensar como la
misma la ofrecen a través de un contrato temporal.</p>
<p>Facilitar el despido desregulando la causa, eliminar la
intervención de la autoridad laboral en los convenios colectivos,
reducir la indemnización por despido improcedente y eliminar los
salarios de tramitación no constituyen únicamente una pérdida de
derechos y garantías ante la extinción de contrato, sino que
afectan sobre todo a la propia estabilidad del contrato y al
cumplimiento de las características del mismo. Ahora, el hecho de
no cumplir el trabajo en la forma en que lo requiera la empresa,
sea legal o no, abocará a que ésta opte rápidamente por su
extinción.</p>
<p>La significación de la nueva realidad en el sector público va más
allá de una cuestión meramente laboral y abre la puerta al
desmantelamiento de algunos servicios públicos en una combinación
de ajuste del déficit público y despidos colectivos.</p>
<p>Las nuevas posibilidades de modificación de las condiciones de
trabajo y el nuevo contrato a tiempo parcial no sólo obligarán a
trabajar a la carta, sino que desarrollarán un proceso de pérdida
de las mejoras laborales existentes, generadas durante años.</p>
<p>Pero, sin duda, el gran elemento de pauperización laboral lo
encontraremos en la nueva organización de la negociación
colectiva. Más allá de la posibilidad de soslayar la aplicación
del convenio, la pérdida de ultraactividad y la primacía del
convenio de empresa tendrán unas consecuencias impredecibles. Por
un lado, las patronales podrán dejar pasar el proceso de
negociación colectiva para rebajar los costes de las nuevas
contrataciones y obviar la aplicación del convenio superior o SMI
y del Estatuto de los Trabajadores; no cabe duda de que las nuevas
negociaciones colectivas serán muy tensas para los representantes
de los trabajadores. Pero aún tendrá unas consecuencias peores la
primacía del convenio de empresa sobre el del sector, lo que
supondrá una presión permanente sobre los salarios y una
desregulación competitiva entre las empresas, con el constante
anuncio del cierre si no existe una adaptación a las condiciones
de la competencia.</p>
<p>Debemos destacar también que se regalen miles de millones a las
empresas con bonificaciones a la contratación y exenciones al pago
de cotizaciones. Se bonifica todo, lo cual pone de manifiesto que
ello no incentivará para nada la contratación.</p>
<p>En definitiva, si la regulación de la extinción del contrato
vigente hasta el RD-Ley 3/2012 ha supuesto la mayor destrucción de
empleo en la historia del Estado español, facilitar el despido
profundizará aún más esa tendencia. Asimismo, desregular las
condiciones de trabajo, eso que denominan “flexibilidad”, tampoco
supondrá una mayor productividad para las empresas. Seguramente
provocará que las mismas intenten reducir sus costes a través de
la pauperización de las condiciones de los trabajadores y las
trabajadoras, y no mediante apuestas por el desarrollo
tecnológico. Pero lo peor no es que se nos pretenda engañar a la
hora de justificar la pérdida de derechos, sino que el proceso
tampoco generará empleo: la degradación de sus derechos supone
asfixiar económicamente a la clase trabajadora, lo cual actúa como
un efecto retardante sobre la recuperación económica. <i>Si las
medidas tuviesen alguna relación con la crisis tendrían un
carácter temporal, vinculado a la duración de la misma. Lejos de
ello, vienen para quedarse y para consolidar una sociedad que, a
las insoportables cotas de desempleo, deberá sumar una
generalización de la precariedad</i>.</p>
<p><b>Doctrina del <i>shock</i></b><b> y relaciones laborales. La
reducción del riesgo empresarial y el traslado de la crisis a la
clase trabajadora</b></p>
<p>Naomi Klein ha acuñado el concepto de “doctrina del <i>shock</i>”
para referirse a la utilización de situaciones contingentes
especialmente graves como justificación para la adopción de
medidas impopulares, aun cuando resulte dudosa la relación entre
unas y otras. No es difícil concluir que el concepto resulta
tremendamente útil para explicar la asunción de la reciente
contrarreforma laboral: apuntar a las relaciones laborales como
supuestas causantes de la crisis y exigir la pérdida de derechos
sociales para la superación de la misma.</p>
<p>La “doctrina del <i>shock</i>” requiere repetir incesantemente
argumentos que, a fuerza de reiterarlos, acaban siendo dogmas.
Citemos un ejemplo: el pretendido cese de la actividad de las
empresas por la supuesta rigidez de las relaciones laborales. La
realidad es que, incluso antes del RD-Ley 3/2012, se permitía
modificar prácticamente todas las condiciones de trabajo alegando
una mínima causa. Además, ¿alguien conoce alguna empresa que haya
cesado sus actividades porque los trabajadores no aceptasen
modificar sus condiciones?</p>
<p>Así, en relación con el desempleo no se realiza una
identificación de las que son las causas auténticas, sino que se
falsean las mismas para convertir a las víctimas en verdugos.
Sería el caso, por ejemplo, del falaz argumento de la supuesta
falta de formación, que topa con la terca realidad estadística que
señala, según datos de Eurostat, que casi un tercio de los
trabajadores españoles están sobrecualificados, elevándose este
porcentaje por encima del 50% en el caso de la población
inmigrante.</p>
<p>Otro ejemplo. Se nos insiste en las bondades de rebajar la
indemnización por despido a la hora de reducir las insufribles
tasas de temporalidad que padecemos. De nuevo, topamos con la
realidad. En las sucesivas reformas laborales de 1997, 2001 y
2006, se aplicaron medidas de abaratamiento del despido sin que en
ningún caso se alterara significativamente la tasa de contratación
temporal. Si en 1997 la temporalidad ascendía al 33,51% de los
contratos, en 2001 se situó en el 32% y, cinco años más tarde, en
el 33%. No sólo no hubo una disminución destacable, sino que la
tasa se incrementó ligeramente. El próximo año nos darán cifras
sobre cómo disminuyen los contratos temporales sin explicar que
aumentan la rotación y la temporalidad absolutas.</p>
<p>Ejemplos como los citados evidencian la incapacidad de las nuevas
medidas adoptadas para ofrecer soluciones al drama de la
temporalidad y del desempleo masivo que afrontamos. Pero no nos
llamemos a engaño: <i>la contrarreforma laboral no aspira a
solucionar el paro o reactivar la economía</i>. Más bien, <i>toma
en provecho propio la situación actual para imponer una suerte
de estado de sitio laboral</i> con el que satisfacer viejas
aspiraciones del poder económico y empresarial.</p>
<p>Hemos planteado los efectos, pero existen <i>dos grandes
objetivos</i>: el primero, <i>la reducción del riesgo
empresarial</i>. Consolidar la temporalidad laboral, facilitar
el despido y modificar las condiciones del contrato responden a
una visión mercantilista del trabajo. Utilizar las relaciones
laborales tan sólo cuando se necesitan, sin asumir riesgos ni
costes por su extinción o modificación. Así, el tan cacareado
riesgo empresarial se reduce a la mínima expresión, trasladando el
mismo a los trabajadores y trabajadoras. El segundo objetivo es <i>que
la crisis la asuman las rentas del trabajo</i>, la clase
trabajadora.</p>
<p><b>Sin justicia no hay paz</b></p>
<p>Una quincena después de la presentación de la contrarreforma
laboral, ningún análisis racional puede cuestionar la profundidad
de la misma ni los efectos que tendrá sobre el empleo estable. Los
juristas que hacemos de la defensa de los derechos de los
trabajadores y las trabajadoras nuestra profesión, venimos
denunciado el carácter de la nueva normativa, las múltiples
ilegalidades que supone (es contraria a los convenios de la OIT y
vulneradora de derechos constitucionales), pero nos corresponde
sobre todo recordar el carácter tuitivo del Derecho Laboral y la
existencia, aunque sólo sea formal, de un Estado social.</p>
<p>Con el RD-Ley 3/2012 se pretende cerrar una etapa desarrollada en
gran parte de Europa tras la Segunda Guerra Mundial, un poco más
tardía en el Estado español. La esencia del gran contrato social
era que el reconocimiento de derechos era la contraprestación que
los estados y las patronales realizaban al movimiento obrero a
cambio de la paz social. El contrato indefinido como principio,
las retribuciones dignas, las condiciones estables y la
negociación colectiva permitieron atenuar parcialmente el
desequilibrio de una relación, la laboral, que es desigual. Sobre
la base de ello se redujeron las desigualdades y conocimos las
sociedades más prósperas de la historia de la humanidad. <i>Una
vez quebrado el contrato social, la contraparte debería
resituarse y separarse de la concertación social</i>. Al
movimiento obrero y sindical <i>le corresponde ahora responder
con la misma contundencia y profundidad que los recortes
sociales que sufrimos</i>. No se trata de convocar una huelga
general, sino de romper con las dinámicas del sindicalismo de
concertación y recuperar el de confrontación. <i>Lejos de ello,
iniciamos otra etapa histórica en que el trabajo se convierte en
una mercancía más y no en un marco de derechos y garantías</i>.</p>
<p>Debe respetar el legislador la legalidad, debe interpretar y
defender el iuslaboralismo el Derecho del Trabajo con su orgánica
naturaleza y sus finalidades, pero sobre todo <i>debe recordar el
movimiento obrero que, históricamente, las luchas nos han dado
lo que las leyes nos pretenden arrebatar</i>.</p>
<p style="TEXT-ALIGN: right"><span style="COLOR: #888888"><strong>[Vidal
Aragonés es abogado laboralista del Col·lectiu Ronda y
profesor asociado de Derecho del Trabajo y de la Seguridad
Social de la UAB]<br>
</strong><span class="609071906-02032012"><font color="#0000ff"
face="Arial" size="2">[Josep co.bas] </font></span></span></p>
<span style="COLOR: #888888"><span class="609071906-02032012">
<h1 class="articulo_r"><font color="#000000" face="Tahoma"
size="3"><img alt="29m"
src="cid:part2.05070201.08020602@moviments.net"
height="300" width="201">Cuaderno de depresión: 7 </font><font
color="#000000" face="Tahoma">Albert Recio Andreu-</font><font
color="#000000" face="Tahoma">Dos mentiras sobre la reforma
laboral</font></h1>
<p style="TEXT-ALIGN: center"><font color="#000000"
face="Tahoma">I</font></p>
<p><font color="#000000" face="Tahoma">Los partidarios de las
reformas estructurales están exultantes. Por fin una reforma
del nivel que pedían desde hace tiempo. El gobierno de Rajoy
sí que está a la altura de lo que piden los neoliberales; no
le tiembla el pulso a la hora de aplicar medidas impopulares
ni de poner firmes a los asalariados. Salvando las
distancias, estamos en una situación que rememora viejos
tiempos, los del Bienio Negro de la Segunda República, con
una derecha dispuesta a demoler todas las reformas
progresistas y, en especial, a poner de rodillas a las
clases trabajadoras. Más o menos lo que hicieron tres
décadas atrás Ronald Reagan y Margaret Thatcher, que al fin
y al cabo son el modelo en el que se ha orientado la derecha
española.</font></p>
<p><font color="#000000" face="Tahoma">La reforma laboral es uno
de los ladrillos importantes de este proyecto reaccionario.
No es tampoco sorprendente el apoyo de los líderes
internacionales al proyecto, puesto que estos participan
mayoritariamente de la misma visión del mundo y de los
mismos intereses que el gobierno actual (y buena parte del
anterior). No se podía esperar otra cosa de gente convencida
de que los mercados solo funcionan adecuadamente allí donde
los asalariados no tienen capacidad de acción colectiva y
los derechos de los empleados se reducen a poco más que
recibir un salario en compensación por las horas que son
contratados. De gente que ha hecho un esfuerzo político,
cultural y propagandístico para expulsar del debate público
(y del académico) cualquier referencia a las desigualdades
estructurales características de las sociedades capitalistas
y para reducir el debate económico al tramposo tema de la
competitividad. Han conseguido sacar de plano la lucha de
clases y han trasmutado la rivalidad capitalista en una
especie de inocua competición deportiva. Por esto ahora se
atreven a presentar las reformas estructurales como meras
soluciones técnicas y los planes de ajuste como sacrificios
inevitables. Sin replantear el contexto, la reforma laboral
era una cuestión cantada.</font></p>
<p><font color="#000000" face="Tahoma">No voy a entrar a
analizar los detalles de la reforma laboral. En parte por
falta de espacio y, en parte, porque este cometido ya lo
realizan en esta entrega otros artículos. Resulta evidente
que, más allá de los aspectos específicos de la reforma, su
contenido esencial se reduce a un reforzamiento de los
derechos y el poder de los empresarios que se traducirá muy
posiblemente en un descenso de los costes laborales, una
mayor variabilidad de condiciones laborales y un
debilitamiento de la presencia sindical en la empresa. Me
voy a limitar a discutir dos de las justificaciones con las
que se ha venido demandando la reforma laboral: la de su
necesidad para generar empleo y la de reducir la
segmentación de las condiciones de trabajo de los
asalariados.</font></p>
<p style="TEXT-ALIGN: center"><font color="#000000"
face="Tahoma">II</font></p>
<p><font color="#000000" face="Tahoma">El argumento de que la
reforma laboral va a permitir la recuperación del empleo es
realmente sorprendente. Sobre todo en un país que, en el
pasado reciente, si por algo se ha caracterizado ha sido por
la sucesión de períodos de fuerte ajuste del empleo con
otros de enorme crecimiento. Un país donde parte del elevado
desempleo actual ha sido provocado por el enorme ejército
industrial de reserva que se movilizó en la anterior fase de
auge de los negocios, en forma de inmigración masiva, y que,
ahora que se ha derrumbado la actividad, queda como una masa
de población excedente. Si algo ha caracterizado al empleo
en España ha sido su elevada elasticidad al ciclo, algo que
se explica mucho menos por las regulaciones del mercado
laboral y mucho más por el papel crucial que en nuestra
historia reciente han desempeñado una serie de actividades,
en especial la construcción, en la configuración de nuestros
particulares ciclos económicos. Tanto en las fases de
crecimiento del empleo como en las de hundimiento del mismo,
el peso de la construcción ha sido crucial, y en la última
recesión explica, por sí sola, más de la mitad de la
destrucción de empleo, sin contar el efecto arrastre que
tiene en otras muchas actividades. Si se quiere plantear en
serio el tema del empleo en España hay que abordar la
cuestión de nuestra estructura productiva, la composición
sectorial de la producción. Pero este es un tema tabú que
aparece solo de refilón en los debates económicos, sobre
todo porque nadie sabe cómo resolverlo. Y porque su análisis
conduce a cuestiones que no les interesa debatir: el papel
de la internacionalización, el de las élites económicas
locales y foráneas, el del sistema financiero frente a las
estructuras productivas. Siempre es más fácil culpar de los
problemas del empleo a las regulaciones del mercado laboral,
en especial a los mecanismos de protección de los derechos
laborales, que analizar las responsabilidades que atañen al
capital. Siempre es más sencillo proponer formulas simples
encaminadas a demoler los derechos de los que tienen pocos,
que remover enquistadas estructuras de poder.</font></p>
<p><font color="#000000" face="Tahoma">El argumento de que
facilitando el despido se promueve el empleo es falaz. En
una fase de recesión, abaratar el despido puede traer
consigo más destrucción de empleo, puesto que su facilidad
la convierte en la primera línea de respuesta. Y es asimismo
improbable que las empresas vayan a crear más empleo en el
futuro por el simple hecho de que sea fácil y barato
despedir. La creación de empleo es el resultado de un
proceso complejo en el que cuentan más las expectativas de
negocio futuras y la demanda que otras consideraciones. De
hecho, se sabe incluso que las suculentas subvenciones al
empleo, como las introducidas en los nuevos contratos de
emprendedores, son casi siempre una transferencia de rentas
sin contrapartidas, puesto que las empresas no crean empleo
porque haya subvenciones sino a la inversa: si estas existen
las piden cuando se plantean contratar a alguien. (De la
misma forma que uno no se cambia de coche porque exista un
plan “Renove”, pero si hay uno no va a ser tan tonto como
para perdérselo cuando se compre un vehículo nuevo.) Es lo
que en el argot técnico se llama “peso muerto”, simple
transferencia de rentas al capital alegando la creación de
empleo.</font></p>
<p><font color="#000000" face="Tahoma">Y es también incierto que
la disminución de los salarios que van a provocar el
desmantelamiento de la negociación colectiva y la
flexibilidad impuesta unilateralmente por las empresas vayan
a ser una gran fuente de competitividad. En un mundo con
tantos bienes heterogéneos y mercados tan complejos, las
posibilidades de las empresas dependen menos de los costes
salariales que de su capacidad para situarse en un “nicho”
de mercado en función de su especialización, calidad,
innovación, sistema de comercialización, etc. La industria
de muy bajos salarios hace ya tiempo que ha emigrado y, dada
la cantidad de países que ofrecen salarios muy bajos, es
improbable que vayan a volver a corto plazo (otra cosa es
que el alza del precio del petróleo modifique las pautas de
especialización territorial). La búsqueda de la
especialización requiere menos autoritarismo y más
cooperación, menos rebajas salariales y más innovación. Es
incluso falso que Alemania haya conseguido mantener mercados
con rebajas salariales, por cuanto el sector manufacturero
exportador no ha experimentado rebajas salariales, sino que
estas se han producido sobre todo en los sectores de
servicios ajenos a la competencia internacional. Provocar
una caída sostenida de los salarios constituye una forma de
devaluación competitiva que, a la larga, lo único que genera
es más depresión y paro. Y es que los economistas que solo
ven los salarios como un coste a reducir ignoran que estos
garantizan dos tercios de la demanda de bienes y productos y
que los recortes salariales acaban por traducirse en una
caída de la actividad.</font></p>
<p style="TEXT-ALIGN: center"><font color="#000000"
face="Tahoma">III</font></p>
<p><font color="#000000" face="Tahoma">La otra gran coartada de
la reforma laboral ha sido la de recortar la enorme
segmentación del mercado laboral español; esto es, las
enormes desigualdades de condiciones laborales entre grupos
diferentes de trabajadores. La idea de que tenemos un
mercado laboral dual, con un núcleo de trabajadores
altamente protegidos gracias a las costosas indemnizaciones
por despido, y una periferia de temporales, siempre
sobreviviendo entre el empleo y el paro, surgió a principios
de los años noventa, cuando la evidencia de la elevada tasa
de temporalidad hacía insostenible mantener que el mercado
laboral español era particularmente rígido. Los partidarios
del dualismo sostenían que se mantenía la rigidez en el caso
de los trabajadores fijos, difíciles de despedir. Y esta
rigidez se traducía en una brutal diferenciación de
condiciones de trabajo entre fijos y temporales. Cualquiera
que lea las páginas económicas de <i>El País</i> habrá
podido leer este argumento muchas veces en los últimos
meses.</font></p>
<p><font color="#000000" face="Tahoma">Es cierto que el mercado
laboral español se caracteriza por un elevado grado de
desigualdades en muchos campos: salarios, estabilidad,
condiciones de trabajo, etc. Pero es más que discutible que
ello se explique solo por esta dualidad entre tipos de
contratos. Cuando se analiza con detalle el mercado laboral,
se percibe que hay otros muchos mecanismos de
diferenciación, especialmente el tipo de convenio colectivo
que se aplica en cada empresa, el grado y tipo de presencia
sindical, el reconocimiento formal de las cualificaciones,
el género de las personas, su situación legal en función de
las leyes de extranjería, la diferenciación entre empleo a
tiempo completo y a tiempo parcial... Y que el núcleo de
estas desigualdades no está en un pretendido enfrentamiento
entre sectores de trabajadores, sino en las políticas
empresariales de diferenciación, división y elusión de
riesgos. Y que las desigualdades se han ampliado
significativamente a través de las estrategias empresariales
de externalización de tareas, recurriendo a subcontratas que
habitualmente operan con convenios que establecen peores
condiciones de trabajo. También puede observarse que el
apego empresarial a los contratos temporales no es solo una
cuestión del coste del despido, sino también un medio de
control y presión sobre el trabajador individual, al que se
le amenaza con la no renovación del contrato si no cumple
los estándares que se le exigen.</font></p>
<p><font color="#000000" face="Tahoma">La nueva reforma laboral
lo que va a provocar es un crecimiento insoportable de los
mecanismos por los que las empresas podrán diferenciar y
degradar las condiciones de trabajo. En primer lugar, por la
primacía de los contratos de empresa que abren la vía tanto
a la destrucción de condiciones marco (comunes a todos los
trabajadores de un sector) como a la profusión de convenios
con escaso contenido en derechos. En un mundo empresarial
tan fragmentado, se abre a las pequeñas empresas la
posibilidad de negociar convenios con trabajadores de
confianza, sin tutela sindical, que degraden claramente las
condiciones de trabajo. Lo cual, además, abre la vía a
profundizar en las dinámicas de externalización: las grandes
empresas podrán reducir costes encargando nuevas tareas a
pequeñas subcontratas que operen con convenio propio. En
segundo lugar, por todas las prerrogativas concedidas a los
empresarios a la hora de introducir cambios en las
condiciones de trabajo de los empleados individuales. Una
cesión de poder que va a hacer mucho más difícil la acción
colectiva y que favorecerá la discriminación de condiciones
de trabajo entre personas de la misma empresa. Y, en tercer
lugar, la cesión completa de la intermediación del mercado
laboral a las empresas de trabajo temporal, algo que abre
claramente la puerta a que estas empresas practiquen una
gestión autoritaria de la intermediación, diferencien entre
trabajadores “buenos” y “malos”, condicionen el
reconocimiento de derechos, etc. La cesión de mucho más
poder a los empresarios siempre se ha traducido en
fragmentación y división de la clase obrera. Y la nueva ley
contiene todo un arsenal de medidas para que ello sea
posible.</font></p>
<p style="TEXT-ALIGN: center"><font color="#000000"
face="Tahoma">IV</font></p>
<p><font color="#000000" face="Tahoma">La reforma radical que ha
impuesto Mariano Rajoy significa, además, una impugnación
completa de la política de pactos por medio de los cuales
los sindicatos trataron de capear la situación. De hecho, no
es una novedad completa: las principales reformas laborales
se han aprobado en España con la oposición sindical, pero
ahora la apuesta es mucho más fuerte que nunca, aprovechando
la crisis y confiando en que una población aterrorizada será
incapaz de ofrecer una respuesta social contundente. La
reforma puede ser el principio de un desmantelamiento
completo del marco laboral, pues aún quedan piezas por
tocar, algunas ya apuntadas por los voceros del Partido
Popular: una ley antihuelga, la reforma de la ley orgánica
de libertad sindical, una nueva reforma del sistema de
protección al desempleo y una nueva reforma del sistema de
pensiones públicas. Esta última puede estar ya prefigurada
en el generoso sistema de bonificaciones de cuotas a las
empresas que se incluye en las medidas de “promoción del
empleo”, y que pueden ayudar a desestabilizar el marco
presupuestario del sistema de pensiones.</font></p>
<p><font color="#000000" face="Tahoma">El marco que prefigura
esta reforma es el de la devastación de los derechos
laborales y sociales. Y se ha aplicado en un momento en que
la capacidad de resistencia social parece limitada. Se
requerirá mucho esfuerzo de explicación, de educación
colectiva, de organización social, de iniciativas
reivindicativas y políticas para cambiar la dirección de los
cambios. Los sindicatos tienen ante sí una enorme amenaza y
una enorme responsabilidad. Pero también la mayoría de la
población que experimenta un saqueo de sus derechos. Por
todo ello, lo realmente necesario es encontrar vías de
acción que realmente generen una fuerza social capaz de
impugnar el modelo social que los reaccionarios tratan de
imponernos.</font></p>
<p><font color="#000000" face="Tahoma">La economía compasiva
contra el Estado de bienestar</font></p>
<p><font color="#000000" face="Tahoma">En tiempos de recortes y
alzas de impuestos y tasas públicas, renace la economía
compasiva. Entiendo por tal la introducción de descuentos o
tarificación de cuotas en función de la renta personal. Es
el tipo de respuesta que adoptan las administraciones cada
vez que anuncian una nueva tasa, como está ocurriendo en
Catalunya con la tasa por receta, la contribución a los
servicios de dependencia, etc. Con ello, las autoridades
tratan de frenar el rechazo social y de dividir a la
población. A menudo permite su aceptación en el
convencimiento social de que es justo que más pague quien
más lo puede hacer. Mi punto de vista, en cambio, es
negativo, pues esta forma de plantear la cuestión es la vía
más directa para demoler cualquier proyecto de Estado del
bienestar basado en una contribución universal progresiva a
su financiación y en una prestación universal.</font></p>
<p><font color="#000000" face="Tahoma">De entrada, los
partidarios de tarificar por renta el acceso a las
prestaciones soslayan algunas cuestiones elementales. La
primera es que el modelo exige la introducción de un
mecanismo evaluador de las rentas de cada cual, con lo que
propende a incrementar los costes administrativos del
proceso, lo cual contradice una política de austeridad. La
segunda es que la tarificación se basa en fijar cuotas entre
intervalos de renta fijados a menudo de forma aleatoria (o
buscando minimizar el impacto de los descuentos), lo que
genera importantes discriminaciones entre personas en
situaciones económicas muy próximas. Imaginemos, por
ejemplo, que se exime de pagar cuota de recetas a los
perceptores de rentas inferiores al salario mínimo, pero no
al resto. La diferencia de coste es muy fuerte entre alguien
que percibe 639 euros y alguien que gana 650, pese a que su
situación es muy similar.</font></p>
<p><font color="#000000" face="Tahoma">Los problemas más
importantes se encuentran, sin embargo, en otras partes. Por
un lado, en países con un elevado nivel de rentas no
declaradas, algo que no es aleatorio sino que tiene que ver
con la posición laboral y el origen de las rentas de cada
cual, las posibilidades de situarse en los niveles bajos de
tarifa dependen tanto de la renta que gana cada cual como de
su posibilidad de hurtarla al fisco. Se genera un enorme
problema de equidad horizontal, entre personas con iguales
niveles de ingresos, puesto que los que declaran todas sus
rentas tienen mayores posibilidades de tener que pagar
tarifas mayores que los que consiguen sustraerlas. Se genera
un enorme incentivo a la rebelión fiscal y se favorece el
empleo irregular. Algo especialmente posible en nuestra
situación, en que las empresas pueden ofrecer contratos a
tiempo parcial con horas extra “en negro”, en que muchas
personas pueden buscarse un empleo informal para eludir la
persecución bancaria por impago de hipotecas y en que ya hay
tanta tradición y tolerancia en lo relativo a la evasión
fiscal. Se corre el riesgo no solo de reforzar la
injusticia, sino también de erosionar la base de
recaudación. Y contar además que el agravio de los que no
pueden esconder rentas constituye un elemento adicional en
favor de rebajas fiscales. La economía compasiva es una vía
directa a la insolidaridad y la demolición de los servicios
públicos.</font></p>
<p><font color="#000000" face="Tahoma">Si lo que se pretende es
que exista una progresividad en la financiación del
bienestar, la vía más adecuada es la de una imposición
progresiva sobre la renta, que haga pagar proporcionalmente
más a quien más gana. Y que exige una buena información
sobre las rentas y una dura represión sobre las rentas no
declaradas. Y un acceso universal a los servicios públicos.</font></p>
<p><font color="#000000" face="Tahoma">Es incluso dudosa la
fórmula de eximir del pago a los desempleados, a los
jubilados o a cualquier otro colectivo. Sobre todo porque se
trata de grupos muy heterogéneos en cuanto a renta y porque
se trata a todo el mundo por igual. Salvo en casos muy
específicos, lo que debe hacerse con estos grupos es
garantías adecuadas de renta sometidas al modelo impositivo
común (lo que en muchos casos conllevará que los jubilados o
los parados con menores ingresos no contribuirán y se les
garantizarán unos ingresos suficientes).</font></p>
<p><font color="#000000" face="Tahoma">La economía compasiva es
una vía más para legitimar la demolición del Estado de
bienestar, y lejos de propiciar la protección de los más
necesitados acaba por erosionar los ingresos públicos y por
convertir los servicios públicos en guetos para pobres.
Forma parte del disfraz con el que se tratan de legitimar
los planes de ajuste neoliberales.</font></p>
<p><font color="#000000" face="Tahoma">La economía del casino:
pasado y futuro</font></p>
<p><font color="#000000" face="Tahoma">El término “economía del
casino” se ha acuñado para definir el tipo de actividades
económicas que tienen lugar en muchos mercados financieros
donde a diario se compran y se venden activos, muchos de
ellos ficticios, derivados de activos reales; a veces, meras
apuestas sobre cómo evolucionará la cotización de una
divisa, una materia prima o un índice bursátil. Más o menos
parecido a lo que hacen los ludópatas en los casinos:
realizar apuestas peligrosas con la expectativa de tener una
buena racha y forrarse. La diferencia es que los casinos
financieros son aún más sofisticados; sus agentes son
profesionales “muy preparados” que trabajan para grandes
instituciones financieras y que muchas veces se juegan el
dinero de los demás. Por el tamaño de las transacciones y el
impacto de sus decisiones, el casino financiero es mucho
mayor y más pernicioso que el mundo del juego puro, aunque
este último suele estar más a menudo bajo la mirada crítica
de los moralistas, y su expansión ha sido mucho más
controlada que la del sector financiero.</font></p>
<p><font color="#000000" face="Tahoma">Hay algo más que pistas
para culpar a la economía de casino financiero de los
problemas que padece gran parte de la humanidad. Allí se han
desencadenado las burbujas financieras que han acabado con
la salud económica de tantos países, allí se están generando
los procesos especulativos sobre materias primas que tanta
importancia tienen en la gestación de hambrunas e incluso
guerras. La organización de este casino juega, además, un
papel relevante en los movimientos de capitales
internacionales que presionan a los gobiernos y facilitan la
evasión fiscal y el deterioro de lo público. Y la economía
del casino es en parte responsable de la inestabilidad
sistémica experimentada en la época neoliberal, y que ya
antes del gran crac de 2008 dio lugar a una larga sucesión
de crisis financieras que asolaron a zonas enteras del
planeta. Desde el crac de la bolsa de Nueva York en 1987, se
sucedieron ocho grandes sacudidas en el mundo occidental y
tuvieron lugar graves episodios en la periferia (crisis
tequila, rusa, del sudeste asiático...). Todo parecía
indicar que desactivar la peligrosa economía del casino
debía ser una prioridad para recomponer un mundo
económicamente sensato. Una vana ilusión que muchos tuvimos
a finales de 2008 y que, por el momento, ha quedado aparcada
en la lista de las reformas estructurales que de verdad
deberían acometerse.</font></p>
<p><font color="#000000" face="Tahoma">Y cuando la crisis del
casino financiero está haciendo estragos en nuestro país y
resulta claro que, entre otras cosas, se requiere una
reorientación productiva, nuestros gobernantes descubren de
golpe que lo que nos puede salvar es la otra economía del
casino, la tradicional, la de los crupiers, las ruletas, los
tahúres, el alcohol y el tabaco. Realmente patético.</font></p>
<p><font color="#000000" face="Tahoma">La pugna de los gobiernos
autonómicos de Madrid y Catalunya por atraer a Eurovegas
produce sonrojo a toda persona con un mínimo de dignidad.
Sonrojo por contar con unos gobernantes amnésicos sobre las
experiencias recientes de proyectos similares (los fracasos
de tantos parques temáticos que se han convertido en
sumideros de pérdidas: Isla Mágica, Terra Mítica), por los
proyectos fracasados (Ciudad Real, los Monegros), por el
dinero invertido para tratar de atraer a Eurodisney por
parte del gobierno de Pujol (algo que sirvió al grupo
norteamericano para sacar más concesiones de los franceses).
Sonrojo por su servilismo ante un empresario que está más
cerca de la actividad mafiosa que de los empresarios
innovadores, resulta risible que alguien que se las da de
“gran científico por encima de las ideologías” se pegue un
viaje de varios miles de kilómetros para prestar pleitesía a
alguien que está jugando una partida de póquer con nosotros.
Sonrojo por tratarnos de imbéciles queriéndonos presentar
este proyecto como una necesidad estratégica de futuro,
cuando es una simple variante más del modelo seguido en los
últimos años. Sonrojo por tratar de minimizar las
concesiones de todo tipo —impuestos, normas laborales,
regulación del tabaco, inversiones públicas, etc.—, cuando
de lo que se trata es de crear, en Madrid o Barcelona, una
“zona franca” bajo control foráneo del tipo de las que
existen en los países en desarrollo. Verdaderos espacios
privados. Sonrojo por unos gobernantes que no han dudado en
presentarse como valedores de los valores tradicionales y
que ahora se mueren por promocionar un modelo de negocio
basado en los vicios privados más clásicos y en una
actividad donde la mafia tiene, cuando menos, puesta la
pezuña. No deja de ser chocante que, a escasos kilómetros de
donde se propone instalar el Eurovegas catalán, se ubicaran
los mayores macroburdeles de la urbe barcelonesa, que fueron
objeto de rechazo social y de espectaculares operaciones
policiales. Hay territorios que no parecen poder escapar a
un designio inapelable.</font></p>
<p><font color="#000000" face="Tahoma">Pensábamos que la
economía de casino era un modelo a extinguir, y descubrimos
que ahora el casino nos marca el modelo a seguir para la
economía que viene: sin derechos laborales, sin impuestos,
sin regulaciones, controlada por mafias, con gobiernos
serviles, con los vicios de siempre como base productiva.</font></p>
</span></span> <span style="COLOR: #888888"><span
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