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charset=ISO-8859-1">
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<body text="#000000" bgcolor="#FFFFFF">
<br>
<span style=" font-size:11pt;font-family:Arial">Esta nota, está
dirigida particularmente a quienes estéis en <b><u>situación de
trabajo a distancia con anterioridad a la pandemia</u></b>, es
decir, que hayáis firmado con IBM GSE una "<i>carta de
autorización de teletrabajo</i>" o documento similar con
anterioridad al 13 de octubre de 2020 (fecha de entrada en vigor
de la nueva ley de trabajo a distancia).</span> <br>
<br>
<span style=" font-size:11pt;font-family:Arial">Informaros que dicha
normativa exige que la empresa adapte los acuerdos de teletrabajo
previos al COVID-19 en un plazo máximo de 3 meses desde dicha
fecha.</span> <br>
<br>
<span style=" font-size:11pt;font-family:Arial">Puesto que la
empresa lleva semanas evitando facilitar dicha información a la
representación legal de los trabajadores, os sugerimos
encarecidamente que, de forma individual, solicitéis dicha
información a la empresa para que os indique cuándo va a realizar
la adaptación requerida por la nueva normativa.</span> <br>
<br>
<span style=" font-size:11pt;font-family:Arial">Os proponemos el
envío de la siguiente nota (una vez incluida la fecha del
documento de teletrabajo que cada un@ tengáis suscrito) a
Relaciones Laborales de IBM GSE (Jose Ignacio López de Pablo)
copiando a vuestro director local:</span> <br>
<br>
<br>
<br>
<span style=" font-size:11pt;font-family:Arial">El apartado 3 de la
Disposición Transitoria Primera (Situaciones de trabajo a
distancia existentes a la entrada en vigor del real decreto-ley)
del RD 28/2020 de 22 de septiembre de trabajo a distancia (vigente
desde el pasado 13 de octubre) establece que:</span> <br>
<br>
<span style=" font-size:11pt;color:blue;font-family:Arial"><i>3. El
acuerdo de trabajo a distancia regulado en la sección segunda
del capítulo II de este real decreto-ley deberá formalizarse en
el plazo de tres meses desde que el presente real decreto-ley
resulte de aplicación a la relación laboral concreta. En
idéntico plazo deberán efectuarse adaptaciones o modificaciones
de los acuerdos de trabajo a distancia de carácter individual
vigentes a la fecha de publicación de este real decreto-ley, no
derivados de convenios o acuerdos colectivos.</i></span> <br>
<br>
<span style=" font-size:11pt;font-family:Arial">A pesar de lo
anterior, hasta la fecha no he recibido comunicación alguna por
parte de la empresa respecto a esta cuestión.</span> <br>
<br>
<span style=" font-size:11pt;font-family:Arial">Dados los plazos
establecidos en el RD-ley, ruego me indiquen, de manera urgente,
el estado de dicha adaptación en relación con mi contrato vigente
de trabajo a distancia, de fecha __ de _____________ de ____.</span>
<br>
<br>
<span style=" font-size:11pt;font-family:Arial">Muchas gracias.</span>
<br>
<br>
<br>
<span style=" font-size:11pt;font-family:Arial">Caso de no recibir
contestación de la empresa, rogamos lo pongaís en nuestro
conocimiento para poder llevar a cabo acciones de defensa de
vuestros derechos.</span> <br>
<br>
<span style=" font-size:11pt;font-family:Arial">Como de costumbre
estamos a vuestra disposición para atender, de manera totalmente
confidencial, cualquier duda o consulta que tengáis respecto a
este tema.</span> <br>
<span style=" font-size:10pt;font-family:sans-serif"><br>
<br>
Comité de Empresa de IBM Global Services de Barcelona<br>
</span><span style=" font-size:10pt;font-family:sans-serif"> </span>
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