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Tal como os informamos en la nota que os enviamos ayer sobre el
teletrabajo y las normas básicas aplicables a la Wave 1, en que os
explicábamos que habíamos pedido a la empresa que informara a los
empleados sobre estas 2 cuestiones: <br>
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<ol>
<li>el procedimiento a seguir para los empleados que actualmente
están en modalidad presencial (como parte de la Wave 1) y deseen
volver a la modalidad de teletrabajo; y </li>
<li>el tratamiento de los gastos.</li>
</ol>
<br>
Pues bien, la empresa nos ha contestado a dicha solicitud en los
siguientes términos:<br>
<i><br>
</i>
<ol>
<li><i>Respecto a la posibilidad de vuelta de trabajadores que
estan en modo presencial a la modalidad de teletrabajo, como
ya hemos comentado, en primer lugar no se esta obligando a
ningún empleado que por sus circunstancias argumente unos
motivos coherentes y justificados para ser excluido de los
trabajadores que estan en wave 1 y, en segundo lugar, os
recuerdo, como bien hemos hablado, que la modalidad de
teletrabajo es voluntaria para ambas partes, por lo que la
empresa valoraría dichas peticiones caso por caso a través de
la petición que el propio empleado pueda hacer a tavés de su
manager.</i></li>
<li><i>Respecto al tema "gastos" ya hablamos que habia que esperar
a como definitivamente se define en la Ley que ha salido hoy
publicada en el BOE. A partir de ahi podremos hablar sobre el
tratamiento de los gastos y a que gastos nos referimos. </i></li>
</ol>
<br>
Como siempre, estamos a vuestra disposición para resolver las dudas
que os puedan surgir sobre este asunto, en especial las de quienes,
formando parte de la Wave 1, manifestéis a la empresa vuestra
voluntad de retornar a la modalidad de teletrabajo.<br>
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Comité de empresa de IBM Global Services de Barcelona <br>
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