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</head>
<body text="#000000" bgcolor="#FFFFFF">
<i><font size="+1"><b>Enviado por la Sección Sindical de CC.OO. de
IBM GS de Madrid.</b></font></i><br>
<br>
<span style=" font-size:12pt;color:#2f2f2f;font-family:Tahoma">Hola
compañer@s, ante el notificación por parte de la Empresa el pasado
8 de abril de que:</span> <br>
<span style=" font-size:12pt">“ </span><span style="
font-size:10pt;font-family:sans-serif">En el caso de IBM GSE SA</span><span
style=" font-size:10pt;color:red;font-family:sans-serif"> </span><span
style=" font-size:10pt;font-family:sans-serif">, a partir del 1 de
abril de 2019, es <b> nuestra Mutua, Fraternidad-Muprespa, quien
asume las competencias en la gestión tanto de las Contingencias
Comunes como de las Contingencias Profesionales</b> para los
trabajadores de nuestra Compañía. Las competencias de la Mutua<b>
comprenderán la gestión de la prestación económica, así como el
seguimiento y control de los procesos de baja IT y prestaciones,
a través de los servicios médicos de la Mutua."<br>
<br>
</b></span><span style="
font-size:12pt;color:#2f2f2f;font-family:Tahoma"> Os
adjuntamos las posibles respuestas a las preguntas que os puedan
surgir, así como un borrador sobre cancelación de datos personales
(los que no son obligatorios, esto es, los que no figuran en el
contrato de trabajo, básicamente <b>vuestro número de teléfono y
dirección de correo electrónico particular</b>), por si queréis
ejercer vuestro derecho de que sean eliminados de los ficheros.</span><span
style=" font-size:12pt;color:#2f2f2f;font-family:Tahoma"><b><br>
<br>
¿<u>Qué competencias tiene La mutua</u>?</b> La mutua es la que
declara el derecho a la prestación económica, así como deniega,
suspende, anula y declara la extinción del mismo, sin perjuicio
del control sanitario de las altas y bajas médicas que corresponde
a los servicios públicos de salud. Todas las acciones que realice
la mutua deben justificarse y hacerlo por escrito; para que tengan
validez deben ser notificados a la/el beneficiaria/o. </span><span
style=" font-size:12pt;color:#2f2f2f;font-family:Tahoma"></span><span
style=" font-size:12pt;color:#2f2f2f;font-family:Tahoma"><b><br>
<br>
¿<u>Quién controla la baja</u>? </b>Tanto el INSS como las
mutuas pueden realizar el seguimiento y control desde el primer
día en que se emite el parte de baja. Tras la emisión de una baja,
el servicio público de salud la remite al INSS, y éste a su vez
remite una copia a la mutua correspondiente. Las mutuas se
comunican vía informática con el INSS.</span><span style="
font-size:12pt;color:#2f2f2f;font-family:Tahoma"><b><br>
<br>
¿<u>Y a qué datos tiene acceso</u>? </b> En el control de la IT
por contingencias comunes, el personal médico de las mutuas
únicamente podrá acceder a las pruebas e informes médicos
relativos a esta baja: “los informes médicos complementarios, los
informes de control, sus actualizaciones y las pruebas médicas
realizadas en el proceso de incapacidad temporal forman parte de
éste, por lo que tendrán acceso a los mismos los inspectores
médicos adscritos al INSS y los facultativos de las mutuas
respecto de los procesos por contingencia común correspondientes a
los trabajadores protegidos por las mismas.”</span><span style="
font-size:12pt;color:#2f2f2f;font-family:Tahoma"></span><span
style=" font-size:12pt;color:#2f2f2f;font-family:Tahoma"><b><br>
<br>
¿<u>Me pueden citar la mutua aunque la baja me la dé el servicio
público de salud</u>? </b>Sí. Para llevar a cabo un control y
seguimiento de la prestación económica, las mutuas también pueden
realizar exámenes y reconocimientos médicos. Estos pueden ser
realizados desde el primer día de la baja médica, y la
incomparecencia injustificada puede ser causa de extinción del
derecho a la prestación económica. Si bien, hay que recordar,
deben citar con una antelación mínima de 4 días.</span><span
style=" font-size:12pt;color:#2f2f2f;font-family:Tahoma"><b><br>
<br>
¿<u>Qué tenemos que llevar a una mutua</u>?</b> </span><span
style=" font-size:12pt;color:#2f2f2f;font-family:Tahoma"></span><span
style=" font-size:12pt;color:#2f2f2f;font-family:Tahoma"><br>
<br>
En principio, no hay que llevar nada de forma
obligatoria. Es el INSS quién envía toda la información necesaria
para que la mutua gestione y controle la baja, es voluntario por
parte de la/el trabajadora/or querer ampliar esa información.</span><span
style=" font-size:12pt;color:#2f2f2f;font-family:Tahoma"><br>
<br>
No hay que dar información a través del teléfono, ya que
si llama la mutua, tiene toda la información necesaria, y si llama
alguien distinto a la mutua para el control de la IT, sólo podrá
usar los datos si damos el consentimiento para ello (el art. 20.4
del Estatuto de los Trabajadores concede a la/el empresaria/o la
facultad de verificar el estado de enfermedad o accidente de la/el
empleada/o), por lo cual, ante la duda, siempre se recomienda no
responder a lo que se solicita por teléfono y presentarse a la
cita formal que se haga para el reconocimiento médico.</span><span
style=" font-size:12pt;color:#2f2f2f;font-family:Tahoma"></span><span
style=" font-size:12pt;color:#2f2f2f;font-family:Tahoma"><b><br>
<br>
¿<u>Y me puede realizar pruebas médicas</u>?</b> Las mutuas
podrán realizar pruebas diagnósticas y tratamientos terapéuticos y
rehabilitadores con la finalidad de evitar la prolongación
innecesaria de cualquier baja. Pero se necesita la autorización
del servicio público de salud y el consentimiento informado de la
persona en cuestión. El resultado de estas pruebas se pondrá a
disposición de su médica/o de atención primaria, ya que realizar
estas pruebas y tratamientos no supone que la prestación de
asistencia sanitaria sea llevada por la mutua.</span><span style="
font-size:12pt;color:#2f2f2f;font-family:Tahoma"><b><u><br>
<br>
Propuesta de alta médica realizada por la mutua</u></b> </span><span
style=" font-size:12pt;color:#2f2f2f;font-family:Tahoma"></span><span
style=" font-size:12pt;color:#2f2f2f;font-family:Tahoma"><br>
<br>
• La mutua puede realizar una propuesta de alta médica dirigida a
la Inspección Médica del Servicio Público de Salud, quien dispone
de un plazo máximo de 5 días para responder.</span><span style="
font-size:12pt;color:#2f2f2f;font-family:Tahoma"><br>
<br>
• Simultáneamente, debe comunicar a la persona afectada el inicio
de este procedimiento. </span><span style="
font-size:12pt;color:#2f2f2f;font-family:Tahoma"></span><span
style=" font-size:12pt;color:#2f2f2f;font-family:Tahoma"><br>
<br>
• Esta propuesta debe ser motivada y acompañada de los informes y
pruebas que se hayan realizado.</span><span style="
font-size:12pt;color:#2f2f2f;font-family:Tahoma"><br>
<br>
• La Inspección Médica remitirá la propuesta al médico
responsable de la emisión de los partes médicos. </span><span
style=" font-size:12pt;color:#2f2f2f;font-family:Tahoma"></span><span
style=" font-size:12pt;color:#2f2f2f;font-family:Tahoma"><br>
<br>
El médico deberá pronunciarse:</span><span style="
font-size:12pt;color:#2f2f2f;font-family:Tahoma"><br>
<br>
Confirmando la <b>baja</b> (con informe sobre
tratamiento, causas de discrepancia, etc...), o por el contrario,
dando el <b>alta</b> (acepta la propuesta de la mutua). </span><span
style=" font-size:12pt;color:#2f2f2f;font-family:Tahoma"></span><span
style=" font-size:12pt;color:#2f2f2f;font-family:Tahoma"><br>
<br>
• Cuando la Inspección Médica no recibe respuesta de los
facultativos o servicios médicos, o bien discrepa de esta
respuesta, puede emitir el alta, efectiva e inmediata.</span><span
style=" font-size:12pt;color:#2f2f2f;font-family:Tahoma"><br>
<br>
• Si la propuesta de la mutua no es resuelta y notificada en el
plazo de 5 días, puede solicitar el alta en el INSS, el cual
deberá contestar en un plazo máximo de 4 días. </span><span
style=" font-size:12pt;color:#2f2f2f;font-family:Tahoma"></span><span
style=" font-size:12pt;color:#2f2f2f;font-family:Tahoma"><br>
<br>
• La Resolución del INSS se notifica al interesado. </span> <br>
<span style=" font-size:12pt;color:#2f2f2f;font-family:Tahoma"><br>
• Si el INSS emite el alta, lo comunica también al Servicio
Público de Salud y a la mutua, la cual extingue la prestación
económica y lo comunica a la empresa.</span> <br>
<br>
<span style=" font-size:12pt">Un saludo.<br>
Javier Xicola<br>
Secretario Sección Sindical CCOO IBM - GSE de Madrid</span> <br>
<span style=" font-size:10pt;font-family:sans-serif"><br>
<br>
<br>
</span>
</body>
</html>