<html><head><meta http-equiv="Content-Type" content="text/html; charset=UTF-8" /></head><body style='font-size: 10pt; font-family: Verdana,Geneva,sans-serif'>
<p>Nuevamente se ha iniciado el proceso anual de Certificación de las Normas Comerciales. <br /><br />Este año la Empresa ha modificado el último paso del proceso, la certificación, eliminándolo en los términos en que se presentaba en los años anteriores (suponemos que debido a las repetidas sentencias judiciales en contra), aunque la ha "incluido" al final del curso con el siguiente texto (es decir, que "certificas que has entendido completamente tu responsabilidad para el cumplimiento de dichas normas".....) : </p>
<p><img src="cid:49ef959a27751a7862a47b9ecf197646@comitesibm.org" /></p>
<p><br />Sin embargo, y como ya ha pasado en años anteriores, nuevamente hay aspectos de las Normas que no cumplen con la legislación nacional y europea: aspectos como prohibir las grabaciones de audio y vídeo, la posibilidad de que la dirección realice registros sobre los dispositivos electrónicos u otros activos en cualquier momento, o la aceptación "camuflada" dentro de las normas de que IBM pueda transferir información personal sobre cada uno de nosotros, no cumplen con las normas de aplicación en el país y por tanto no puede exigirse su cumplimiento, ni pueden ser motivo de sanciones. <br /><br />Especialmente grave este año, tal como apuntamos, es la aceptación de la transferencia o cesión de datos personales a cualquier empresa vinculada con IBM, y en cualquier país. Esta aceptación esta integrada en la Normas y no esta claramente expresada en la Certificación. Entendemos que al amparo tanto del Reglamento General de Protección de Datos (UE/2016/679) (RGPD), vigente desde el 25 de mayo de 2018, como de la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre de Protección de Datos Personales y Garantías de los Derechos Digitales, esto es ilegal, entre otras cosas, porque dicho consentimiento debe ser inequívoco, libre y revocable, es decir, que no debe dejar lugar a dudas sobre la voluntad real del interesado de compartir los datos personales. Señalar que el pasado año se produjo el mismo problema (bajo la LOPD y reglamento que estaban vigentes en ese momento) y que se reclamó su corrección. <br /><br />Por todo ello, nuestra recomendación es que, una vez completado el proceso de las Normas, enviéis el siguiente texto a la Dirección de RRHH para prevenir posibles situaciones perjudiciales a futuro: <br /><br />"Leídas las Normas de Conducta Comercial, les comunico que sólo me siento vinculado con lo que diga la legislación española al respecto. Mi intención es respetar en todo momento la buena fe contractual en la relación laboral existente entre la Compañía y yo." <br /><br />Para cualquier información adicional no dudéis en contactar con el Comité de Empresa <br /><br />Saludos <br /><br />Comité de Empresa de IBM de Barcelona</p>
</body></html>